Para la segunda vuelta de la elección de presidente y vicepresidente de la República del 13 de abril, la incertidumbre gira sobre la participación del presidente-candidato Daniel Noboa: ¿tomará o no licencia?, ¿encargará o no el poder a Verónica Abad? Al parecer, ninguna de las dos.
No dejaría el cargo mientras corren los 19 días de campaña y no dejará el país “a la mafia política”.
El ministro de Gobierno, José De La Gasca aclaró que el candidato-presidente “no necesita pedir licencia” para promocionar su candidatura a la Presidencia por Acción Democrática Nacional (ADN) que la disputa con la candidata Luisa González, auspiciada por la alianza correísta Revolución Ciudadana (RC) y Renovación Total (RETO).
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“Esto está mayoritariamente aceptado, el presidente no necesita pedir licencia, según el fallo de la Corte Constitucional por no tratarse de una reelección. (…) Seguiremos actuando con la Constitución en la mano. Esto para nosotros no es un problema”, expresó José De La Gasca, en una entrevista en el medio digital Visionarias, el 19 de marzo.
El ministro aludía a un fallo constitucional del 2010, en el que se aclaró que cuando se produce la disolución de la Asamblea Nacional o muerte cruzada y se convoca a elecciones anticipadas para elegir autoridades de lo que resta del mandato, la participación no se considera como reelección.
En ese sentido, Daniel Noboa asegura que al no ser una reelección, no debe acogerse a una licencia para hacer campaña.
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De La Gasca admitió que siguen valorando las alternativas, pero lo que “sí sabemos es que no le vamos a entregar el país a las mafias. El presidente va a seguir gobernando y luchando contra las mafias políticas”, aludiendo a la vicepresidenta de la República, Verónica Abad.
En la víspera, el Consejo Nacional Electoral (CNE) decidió que el debate electoral ya no será el preámbulo de la campaña, sino que empezarán ambas actividades este domingo 23 de marzo.
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Originalmente, el calendario aprobado hace un año, estimó que el debate de segunda vuelta se haga el 23 de marzo y la campaña arranque el 24 de marzo y se extienda hasta el 10 de abril.
La modificación se resolvió en una sesión de este 19 de marzo de 2025 con el voto favorable de los consejeros José Cabrera, Diana Atamaint y Enrique Pita. Las vocales Elena Nájera y Esthela Acero no participaron, en medio de los roces políticos internos.
Esta acción no afecta la fecha del sufragio del 13 de abril, pero se desconoce el porqué.
No obstante, un hecho imprevisto fue la actuación de la vicepresidenta Verónica Abad, que decidió retomar sus funciones e irse a Ankara (Türkiye) como encargada de negocios.
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#URGENTE
— Verónica Abad (@veroniabad) March 17, 2025
🇪🇨 🇹🇷 AL PAÍS:
Cumplimiento del Decreto Ejecutivo 490 en Ankara, #Türkiye
Pese a que la #Vicepresidencia sigue militarizada, en medio de procesos administrativos irregulares y sin contar con Quipux, correo institucional y otras herramientas que me permitan ejercer… pic.twitter.com/H8wmjwe3g8
Ello obligó a Noboa a derogar los decretos ejecutivos con los que designó a su colaboradora Cynthia Gellibert como vicepresidenta, por la ausencia temporal de Abad que no asumía su encargo diplomático.
En la campaña de la primera vuelta del 9 de febrero, Noboa no tomó licencia como lo establece el artículo 93 del Código de la Democracia y, al contrario, dividió su tiempo entre presidente de lunes a jueves y de viernes a lunes de candidato.
Esa fórmula la repetiría para el balotaje del domingo y el proselitismo, a lo que se articuló el CNE modificando el calendario. Tomando en cuenta que el 5 de enero cuando corría el primer día para hacer propaganda y el presidente-candidato salió al balcón del Palacio de Carondelet para atender a grupos de simpatizantes y dio un discurso político que motivó dos denuncias por presunta infracción electoral que están en trámite en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
Dos juristas consultados por este Diario coinciden en que el mandatario debería acogerse a una licencia para enfocarse en su candidatura y ganar la simpatía popular, en un contexto en el que hubo 19.000 votos que lo distancian de su contendiente, Luisa González.
El constitucionalista Aldrín Gómez recordó que la Corte Constitucional (CC) en un reciente fallo determinó que no se puede encargar la Vicepresidencia por decreto ejecutivo y más aún cuando Verónica Abad decidió retomar su función diplomática en Ankara.
Por lo que, “lo más sano es que el presidente tome licencia y de esa manera va a legitimar su campaña. Si es un demócrata debería requerir la licencia y dejar que Abad asuma la Presidencia, que nos guste o nos desagrade es la vicepresidenta y no es necesario que venga al país a ejercer”, opinó Gómez.
El jurista y analista electoral Daniel González cree también que Noboa debería tomar licencia para evitar la emisión de decretos ejecutivos encargando la Vicepresidencia, sobre todo cuando la Corte aclaró que ante la ausencia del presidente asciende automáticamente quien esté en la Vicepresidencia.
¿Qué otras opciones tiene Daniel Noboa para no encargar la Presidencia a Verónica Abad?
En medio de este dilema, una alternativa que favorecería a Daniel Noboa depende del Tribunal Contencioso Electoral.
En el organismo está en trámite una denuncia por infracción electoral muy grave en la que la segunda mandataria es acusada de violencia política de género en contra de la canciller Gabriela Sommerfeld.
El juez Guillermo Ortega aceptó la denuncia de la ministra de Relaciones Exteriores y sancionó a Abad a pagar una multa de 30 salarios ($ 14.100) y le suspendió los derechos de participación por dos años.
Abad apeló para que se pronuncie el pleno de cinco jueces; y, paralelamente, recusó a los magistrados Ivonne Coloma y Ángel Torres por enemistad manifiesta.
Contrarreloj, el TCE sustanció las recusaciones y las negó en una sesión de este 19 de marzo.
El juez Joaquín Viteri, ponente del proyecto de sentencia, reanudó los plazos para atender el recurso de apelación de Abad y envió el expediente a los demás magistrados para resolver en última y definitiva instancia.
Si se ratifica la sanción, Verónica Abad no podrá ejercer ningún cargo público; y, el presidente-candidato podrá encargar la Presidencia de la República y hacer campaña.
En ese ámbito, la Ley Orgánica de la Función Legislativa reconoce la ausencia temporal por enfermedad u otra circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito que le impida a un jefe de Estado ejercer por un periodo máximo de tres meses.
O, establece que un mandatario puede solicitar licencia a la Asamblea para ausentarse temporalmente por un periodo máximo de un mes y el pleno evaluará la solicitud y aceptarla o negarla con el voto de la mayoría absoluta. (I)