Quienes acudieron a las urnas ayer tuvieron que respetar una resolución nueva en los procesos electorales recientes en Ecuador: fotografiar la papeleta de votación fue prohibido mediante una normativa suscrita el 16 de marzo de 2025. Sin embargo, hasta las 13:00 de la jornada ya se había amonestado a 71 personas en todo el país por irrespetar la disposición.
A la Unidad Educativa Sagrados Corazones, recinto electoral de la circunscripción 1 de Guayas, en que la sufragan 997.703 personas, de acuerdo con el padrón electoral, llegó María Elena Castro, junto con su pareja, sin portar el teléfono móvil.
“No es necesario traerlo y lo evitamos para ahorrarnos algún inconveniente. Nosotros nos enteramos del valor de la multa en caso de que tomáramos una foto al papel. Con o sin multa no le hubiera sacado una foto”, expresó a este Diario mientras salía de sufragar en medio de la lluvia que acompañó la jornada.
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En el Tecnológico Universitario Arcos, de la circunscripción 4, Adriana Mendoza encargó el celular a su hermana antes de pasar al biombo destinado al sufragio, también preocupada por el valor de la multa.
Quienes fueron sorprendidos fotografiando su voto serán sancionados con el artículo 279, numerales 2 y 12, del Código de la Democracia, que impone una multa de 21 salarios básicos y hasta 70 (entre los $ 9.870 y $ 32.900) y la destitución y/o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años.
Coordinadores de los recintos electorales del distrito 1 explicaban a los electores que no podían hacer fotos a su voto.
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“Para controlar esto tenemos a nuestros delegados que nos están ayudando a mantener el proceso y a observar las urnas. De igual manera, los espacios de votación están totalmente visibles tanto para los miembros de la junta receptora del voto como para las personas en general que están asistiendo a las elecciones”.
Y añadió que la disposición es dar una boleta a quien intenta o toma foto a la papeleta. A cada junta electoral les entregaron entre dos y cuatro denominadas “boletas de presunto cometimiento de infracción electoral”, que fueron impresas por el Instituto Geográfico Militar (IGM).
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En estas se debían registrar los datos del infractor: nombres completos, cédula, lugar en el que votó, número de teléfono y correo electrónico.
El que un infractor se haya negado a recibir la notificación no lo exime del proceso de sanción. La norma establece que el vocal de la junta del voto tendrá una copia de la boleta que llenará con la información del padrón electoral y enviará todas las copias de las boletas emitidas a la delegación provincial electoral correspondiente, en donde se las procesa para remitirlas al Tribunal Contencioso Electoral, órgano que trata las infracciones electorales para su respectiva sanción.
¿Por qué se prohibió la toma de foto del voto?
La prohibición del Consejo Nacional Electoral (CNE) de no tomar fotos del voto responde a informes de inteligencia de las autoridades de seguridad que dan cuenta de que supuestamente los grupos criminales habrían presionado a algunos ciudadanos para votar por una u otra opción electoral. La fotografía era presentada presuntamente como prueba de que habían votado como ellos querían que sucediera.
El fin de la medida es garantizar la transparencia y confidencialidad del proceso electoral de los ecuatorianos. Así lo ha expresado Diana Atamaint, presidenta del CNE, organismo que norma y organiza las elecciones.
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La prohibición de tomar fotografías en las urnas busca evitar prácticas como la compra de votos o la coacción electoral, afirma Atamaint, quien ha enfatizado que el CNE se encarga de identificar a los posibles infractores para garantizar el cumplimiento de la normativa.
“El objetivo principal es evitar que un ciudadano tome una foto y la use como prueba para demostrar que votó por alguien en particular. Queremos garantizar el secreto del voto”, afirmó.
La disposición se fundamenta entonces en el concepto de que el voto es secreto, de ahí que las autoridades electorales hayan establecido la medida.
La decisión fue validada por la Corte Constitucional en una resolución del 3 de abril pasado. La ratificación de la medida se dio al desestimar parcialmente una demanda de inconstitucionalidad contra esta disposición, aclarando que es legal solo desde que se recibe la papeleta hasta que se deposita en la urna. (I)