La expresión “buen vivir” y su traducción al kichwa sumak kawsay se repiten 26 veces a lo largo del texto de la Constitución aprobada por la Asamblea Constituyente de Montecristi, en Manabí, que entró en vigencia el 28 de octubre desde hace quince años luego de un referéndum constitucional. Se trata de una visión del mundo que se basa en el ser humano como parte de un entorno natural y social, que la Constituyente -de mayoría correísta- incluyó de manera transversal en el documento, aunque sin explicarla en profundidad.

En el preámbulo se menciona escuetamente: “Nosotras y nosotros, el pueblo soberano del Ecuador (...) decidimos construir (...) una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay”.

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Más adelante, en el capítulo II del título Derechos se desarrollan los llamados “Derechos del Buen Vivir”, que no son otra cosa que lo que tradicionalmente el constitucionalismo conoce como derechos económicos, sociales y culturales: el acceso a la salud, la educación, cultura, ciencia, comunicación e información, vivienda, ambiente sano, agua, alimentación, y trabajo y seguridad social.

Esto se complementa con el capítulo VI denominado Régimen del Buen Vivir, en el que se desarrollan más al detalles los citados derechos y se especifica qué instituciones son las que tienen que garantizarlos.

A través de sentencias relacionadas principalmente con casos ambientales, la actual Corte Constitucional (CC) ha tratado de explicar el concepto.

Así, por ejemplo, en el dictamen n.º 4-22-RC/22, relacionado con la enmienda constitucional planteada por el presidente Guillermo Lasso respecto de los recursos hídricos, el organismo señala: “La dimensión material de la estructura fundamental de la Constitución se compone de los principios constitucionales fundamentales que erigen su identidad. En tal sentido, el sumak kawsay o buen vivir, al ser uno de estos principios, constituye un fin primordial del Estado, donde esta concepción juega un papel trascendental en tanto promueve un desarrollo social y económico en armonía con la naturaleza”.

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Agrega: “La Constitución, además, establece que el buen vivir requiere que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades y de la convivencia armónica con la naturaleza”.

En el dictamen n.º 166-15-SEP-CC, sobre la Reserva Ecológica Cayapas-Mataje, en Esmeraldas, se reseña que los derechos de la naturaleza constituyen una de las innovaciones más interesantes y relevantes de la Constitución actual, pues se aleja de la concepción tradicional “naturaleza-objeto” que considera a la naturaleza como propiedad y enfoca su protección exclusivamente a través del derecho de las personas a gozar de un ambiente natural sano, para dar paso a una noción que reconoce derechos propios a favor de la naturaleza. La novedad consiste, entonces, en el cambio de paradigma sobre la base del cual la naturaleza, en tanto ser vivo, es considerada un sujeto titular de derechos”.

“En este sentido, es importante resaltar que la Constitución consagra una doble dimensionalidad sobre la naturaleza y al ambiente en general, al concebirla no solo bajo el tradicional paradigma de objeto de derecho, sino también como un sujeto, independiente y con derechos específicos o propios. Lo anterior refleja dentro de la relación jurídica naturaleza-humanidad una visión biocéntrica, en la cual se prioriza a la naturaleza en contraposición a la clásica concepción antropocéntrica en la que el ser humano es el centro y medida de todas las cosas, donde la naturaleza era considerada una mera proveedora de recursos. Esta nueva visión adoptada a partir de la vigencia de la Constitución de 2008 se pone de manifiesto a lo largo del texto constitucional, es así que el preámbulo de la Norma Suprema establece expresamente que el pueblo soberano del Ecuador, ‘celebrando a la naturaleza, la Pacha Mama, de la que somos parte y que es vital para nuestra existencia’, ha decidido construir una nueva forma de convivencia ciudadana en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir o sumak kawsay”, agrega el documento.

¿Pero en qué medida este concepto se palpa en la vida diaria de los ecuatorianos en los quince años de vigencia de la actual Carta Magna? Dos constitucionalistas consultados por EL UNIVERSO, Verónica Hernández y Jorge Alvear, coinciden que el “buen vivir” es una filosofía de vida que es muy complejo de materializar o al menos plenamente.

“Si inviertes las palabras de “buen vivir” se entiende como “vivir bien”. Vivir bien, para mí, puede significar A, para mi vecino B, para el otro X. No es una fórmula exacta y perfecta para todos”, refiere la académica, quien recuerda que en el gobierno de Rafael Correa se creó la Secretaría del Buen Vivir, cuyo titular era Freddy Ehlers, quien se fotografiaba abrazando árboles y recomendaba ir a fiestas, comer frutas y meditar, “lo cual está muy bien, pero yo conozco mucha gente que no medita y probablemente es muy feliz”.

Hernández explica que, según la Carta Magna, los derechos en Ecuador se desarrollan a través de tres vías: las normas jurídicas o leyes, las políticas públicas y las garantías jurisdiccionales.

La jurista expresa que, en vista de que las normas y políticas públicas no han garantizado efectivamente estos derechos, la ciudadanía ha recurrido a los tribunales para reclamarlos, en ciertos casos con éxito.

“Por ejemplo, en pandemia, el gobierno de Lenín Moreno quiso recortar el presupuesto de las universidades, pero los estudiantes reclamaron en la Corte Constitucional y ganaron. En contraste, vemos a cientos de jóvenes que no tienen acceso a la universidad”, expresa Hernández.

Para Alvear, en tanto, el sumak kawsay es un enunciado lírico e indeterminado en su mayoría de elementos. “Responde a una concepción abstracta y subjetiva del individuo, algo que se pretende imponer a la generalidad para su supuesto beneficio, con dificultades para el aterrizaje en la práctica y su funcionalidad.

“Nos obliga a retrotraernos a raíces ancestrales diferentes y muchas imposibles de conciliar en las creencias sobre los significados de un buen vivir, entendidos inagotables en la medida en que la población crece, desaparece o cambia de acuerdo a su realidad. Se trata de un régimen constitucional que abarca mucho y aprieta poco”, opina.

Aun después de 14 años de vigencia, hay varias figuras legales de la Constitución de Montecristi que no se han aplicado ni una sola vez

Desde lo político, el analista Gabriel Hidalgo dice que el garantismo es una ideología política presente en la Constitución ecuatoriana, que se conoce en la vida de las personas como el “estado de bienestar”, y se reinterpreta en el contexto latinoamericano utilizando expresiones indígenas como sumak kawsay, en Ecuador, o sumak kamaña, en Chile, tratando de apropiarse de expresiones de lenguajes ancestrales.

Pero, finalmente, este “estado de bienestar” no se ha materializado. “Para hacerlo hay que redistribuir la riqueza para que los menos privilegiados en cuestión de acceso a oportunidades salten de una clase precaria a una media popular... Durante estos quince años no ha habido forma de garantizar o asegurar condiciones mínimas de subsistencia. El Estado ha fracasado en cuanto a la definición de políticas públicas para garantizar la seguridad, la inclusión, las oportunidades, todo forma parte de este sumak kawsay...”.

Agrega que “parte de los esfuerzos en la redistribución de la riqueza se destinaron a financiar obras con sobreprecio, la corrupción del Estado, sobredimensionar el aparato público incorporando funcionarios para devolver favores, y ese tipo de medidas que endeudan al Estado y hacen imposible su función más importante: garantizar un estado de bienestar”. (I)

El Buen Vivir se impulsa con espacios de TV, viajes y talleres

Opinan dos exconstituyentes

María Cristina Kronfle: Es un concepto muy romántico que supone que todos viviríamos en una gran minga social y todo sería paz y amor

“Lo advertí entonces y lo aseguro ahora: el buen vivir no puede ser solo un concepto, debía concretarse y debía verse activado en la práctica ciudadana. Es, por supuesto, un concepto muy romántico que supone que todos viviríamos en una gran minga social y todo sería paz y amor; obviamente fue no solo algo utópico, sino populista para conseguir los votos de un pueblo que ya no tenía fe en la política”, señala María Cristina Kronfle, quien participó como asambleísta constituyente por el Partido Social Cristiano (PSC).

“Conceptualmente, el buen vivir debía cumplir una función de guía para la elaboración de políticas públicas y normativa en general, sin embargo, quedó en eso: solo un concepto. En la práctica, al buen vivir solo lo vemos reflejado en el modo de vida, opulencia y nuevas riquezas de unos cuantos que aprovecharon la estructura orgánica del Estado que fabricó el correísmo”.

“Hoy en día el pueblo no vive bien. La inseguridad, el desempleo y la desnutrición no eran parte del idealismo que puso eso en la Constitución del 2008″.

“La nueva generación de políticos debería internarse en comprender los conceptos que (estemos de acuerdo o no) el pueblo aprobó y así trabajar con el hilo conductor del espíritu del constituyente logrando que al menos quince años después tengamos algo del idealismo materializado en la vida de la ciudadanía.

“Hoy en día es peligroso opinar, disentir o discutir porque todo gira alrededor de la violencia y criminalidad. Jamás podríamos decir que el buen vivir se estableció para tener el formato de país que hoy tenemos”.

Gina Godoy: Por diez años mantuvimos ese rumbo, pero Lenín Moreno y Guillermo Lasso se han encargado de revertir ese gran objetivo

“La idea del constituyente al debatir el concepto del buen vivir era poder hablar de que es posible tener otras formas de desarrollo, no solo el económico. El buen vivir consiste en un modelo de Estado con desarrollo equitativo, basado en estándares de derechos humanos, no en que quien tiene más dinero tiene más posibilidad de tener salud, educación, etcétera. Este buen vivir se garantiza con la nueva forma de entender el desarrollo planificado, el bienestar, el acceso a servicios. Ya no se mide solo en dinero, sino en bienestar”, explica Gina Godoy, exconstituyente de las filas del correísmo.

“No necesitamos reformar la Constitución para concretar el buen vivir, sino que se aplique, garantizando los servicios y bienes que el Estado está obligado a brindar. Por ejemplo, si hay un niño en la escuela, luego será un adulto que podrá ir a la universidad, trabajar y desarrollar su proyecto de vida. Mientras más formación, más posibilidad de mantener ingresos, y a los que no pueden, por estar desempleados, el Estado debe garantizarles principalmente salud, que es en el mundo lo más costoso”.

Por diez años mantuvimos ese rumbo, pero Lenín Moreno y Guillermo Lasso se han encargado de revertir ese gran objetivo y de regresarnos en el tiempo, nos han devuelto a la más grande ausencia del Estado; quienes tienen el deber de garantizar los derechos más básicos de quienes vivimos en el país y de nuestros hermanos migrantes nos fallaron”. (I)