No se registraron impugnaciones ciudadanas a la terna remitida por el presidente de la República, Guillermo Lasso, para la designación de la primera autoridad de la Superintendencia de Compañías.

El equipo técnico, conformado por ocho funcionarios del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), cuyo encargo es el de revisar el cumplimiento de requisitos legales y dar apoyo al pleno del organismo en la selección de autoridades, conoció este jueves el reporte de impugnaciones presentadas por la ciudadanía sobre la terna para elegir al nuevo superintendente de Compañías.

El informe concluyó que entre el 12 y 14 de abril a nivel nacional no hubo objeciones de la ciudadanía o de la sociedad civil a la terna enviada por la Función Ejecutiva, las cuales se presentan en caso de que los postulantes estén incursos en prohibiciones legales; o por falta de probidad e idoneidad para ocupar el cargo.

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Consejo de Participación Ciudadana convocará a impugnación ciudadana de Marco López y Tatiana García, candidatos a ser superintendente de Compañías

Dicha terna está compuesta por Marco López y Tatiana García, quienes cumplieron los requisitos legales para continuar en el proceso de designación, de acuerdo con los informes jurídicos.

También la integraba Esteban Coello, quien se excusó de su postulación porque mantenía un contrato con el Estado.

El informe de este equipo técnico fue remitido al pleno del Consejo para su conocimiento y resolución. Si acoge las conclusiones de dicho equipo, continuará el procedimiento de elección. Es decir, se dará paso a la siguiente etapa, que es la presentación de un plan de trabajo.

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Justamente, el presidente del Consejo, Hernán Ulloa convocó a las 16:00 de este 22 de abril a una plenaria extraordinaria para resolver sobre el informe de las impugnaciones.

El reglamento de designación de esta autoridad establece que en el término de tres días, desde que se aprueba la resolución sobre las impugnaciones ciudadanas, el Consejo convocará a los candidatos a presentarse a una audiencia pública en la que expondrán una propuesta de plan de trabajo si son elegidos como superintendente de Compañías. Luego se someterán a preguntas de los siete consejeros sobre ese plan.

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En el término de un día, el pleno del CPCCS deberá anunciar quién será la persona designada para ese cargo, y la resolución deberá ser motivada, en la que se detalle cómo el candidato seleccionado cumplía con los criterios de especialidad y méritos y por qué se lo selecciona.

Este proceso se inició debido a que en diciembre del 2021 la Asamblea Nacional sustanció un juicio político en contra de Víctor Anchundia, quien fue censurado y destituido por incumplimiento de funciones.

La Ley de Compañías, en sus artículos 435 y 436, aclara el procedimiento de designación del titular al configurarse su ausencia definitiva.

El tercer inciso del artículo 435 señala que en el caso de la ausencia definitiva u ocasional del superintendente lo remplazará el intendente de Compañías con sede en la oficina matriz. Por ello, Dorys Alvarado asume esta función hasta que el CPCCS concluya con la designación y sea posesionado en la Asamblea Nacional.

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Quien resulte electo “durará en el desempeño de sus funciones el tiempo que faltare para completar el periodo para el cual fue designada la persona en cuyo reemplazo asume el cargo”.

Es decir, el nuevo superintendente estará en funciones hasta el 2024, cuando concluye el periodo para el cual fue electo Anchundia.

Pleno del CPCCS llevará controles semanales de los concursos de elección de autoridades

El pleno del Consejo de Participación Ciudadana resolvió aprobar una resolución en la cual se dispuso a los equipos técnicos, que están encargados de apoyar administrativamente en los concursos de designación de autoridades de control, presentar informes semanales de cómo avanzan.

En una sesión del miércoles 20 de abril, la consejera Ibeth Estupiñán planteó la moción con ese efecto. Argumentó que varios de los miembros de estos equipos técnicos no están asistiendo a las reuniones para revisar los expedientes de los candidatos a las comisiones ciudadanas de selección de autoridades.

Estos equipos técnicos están conformados por ocho funcionarios del Consejo y deben apoyar al pleno en lo administrativo, logístico y operacional.

El reclamo en la plenaria fue que varios de los servidores alegan que tienen exceso de carga laboral o deben apoyar a los consejeros en otras actividades y eso les impide participar en las reuniones.

En la coyuntura, están activos cinco equipos técnicos: para la designación de los titulares de la Contraloría General del Estado; de la Defensoría Pública; y, para la renovación parcial de dos vocales (principales y suplentes) del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Los procesos se encuentran en fase de revisión de los expedientes de los postulantes de la ciudadanía y de las funciones del Estado, a conformar las comisiones ciudadanas de selección que son las encargadas de organizar los concursos públicos de méritos, oposición e impugnación ciudadana para elegir a las autoridades mencionadas.

Otros dos equipos técnicos se conformaron para la designación mediante ternas del Ejecutivo, de la Superintendencia de Compañías y del titular de la Superintendencia de Bancos. (I)