Nuestro país realmente es decepcionante. De las tres funciones principales del Estado, la Ejecutiva, la Legislativa y la Judicial, esta última es la peor; las otras dos son políticas y de pactos y componendas conocidos.

La Función Judicial es la más regulada o reglada, solo debe impartir justicia, pero ocurre que condena o libera a personas enjuiciadas, desestima instrucciones sumarias, acepta o niega habeas corpus, concede prisión o medidas alternativas, es decir, interpreta la ley de acuerdo a sus intereses. Pregunto: ¿no están determinados en la ley todos estos aspectos?, ¿por qué altera la ley con tanta facilidad y nadie prueba dicha irregularidad? ¿Cómo es posible que no esté definida tajantemente la posibilidad de un habeas corpus y las sanciones de incumplimiento, y no se las aplique? Por favor, todo esto tiene que establecerse de tal manera que no quede ningún cabo suelto. Que actúe de una buena vez la pomposa, trabada, demorada y contradictoria Corte Constitucional, que es la última instancia en materia judicial, y sentencie por fin estos aspectos. (O)

Rafael Ignacio Aguirre Navarrete, neurólogo, Guayaquil