Quien mucho abarca poco aprieta. Este refrán describe bien a muchos procesos de control en Ecuador: auditorías gubernamentales, regímenes tributarios, inspecciones municipales, e incluso el sistema antilavado. Nuestras normas y entes de control rara vez aceptan que es mejor enfocar los recursos donde más se necesitan. Más bien, operan bajo la ilusión de que todos los riesgos son de igual importancia y que se puede prevenir, supervisar y sancionar todo bajo el sol.

Por eso es interesante la Ley de Lavado de Activos recién aprobada por la Asamblea Nacional y que aguarda la objeción o sanción presidencial, pues incorpora un enfoque basado en riesgos. Es decir, se resiste a abarcar todo pero apretar poco. Dispone calibrar las políticas según los riesgos identificados, siguiendo criterios internacionales.

¿Por qué ha fallado el Ecuador?

El primer requisito que los expertos antilavado del Grupo de Acción Financiera Internacional piden para poder calificar a un régimen antilavado como efectivo es el enfoque basado en riesgos. La idea es de una sencillez casi elegante: hay que proveer más recursos y controles donde existe mayor riesgo de lavado, y poner menos recursos y controles donde el riesgo es menor.

El extremo para ilustrar: sería ilógico que en un país como este no se asignen recursos importantes y controles estrictos para monitorear la entrada y salida de efectivo por frontera. Sería también ilógico imponer medidas draconianas a actividades de riesgo bajísimo como la venta de corbatas. El enfoque basado en riesgos significa que lo primero que un país debe hacer es identificar bien sus riesgos y actuar acorde a ellos, sabiendo que no todos son de igual gravedad, impacto, o frecuencia. El mismo enfoque deben aplicar los privados.

Camino al Estado fallido

No enfocarse en riesgos trae dos problemas. Primero: no identificar un riesgo alto y, por no tenerlo en cuenta, no aplicar medidas que lo mitiguen. Por ejemplo, cuando hace años se excluyó la venta de maquinaria pesada como actividad que reporta a la UAFE, pese a que la venta de vehículos ligeros sí reporta. Segundo: actuar como si todas las actividades fueran de alto riesgo y por tanto exigirles las mismas medidas. Esto le resta efectividad al sistema en conjunto porque los recursos y tiempo que deberían destinarse a detectar el lavado donde más sucede se desperdician en actividades de riesgo muchísimo menor. Abarcan mucho.

¿Qué cambia el proyecto de ley? Preceptúa con claridad que los esfuerzos antilavado de actores públicos y privados deben seguir el enfoque basado en riesgos. Esto debería romper con la falsa equivalencia que la ley aún vigente hace entre sectores totalmente disímiles. Reconoce que las políticas y procedimientos que tiene que aplicar una constructora son distintos que los de un banco, por ejemplo. Ahora lo importante será que los entes supervisores también reconozcan este enfoque. Finalmente son ellos quienes emiten la normativa secundaria que realmente define el sistema.

La nueva ley tiene mucho por mejorar en la objeción presidencial. Pero es un paso importante para que el sistema antilavado ecuatoriano se ajuste al estándar internacional. Y sobre todo, para dejar de apretar poco. (O)