La Corte Constitucional dio luz verde al decreto que permite la rebaja de impuestos a miles de ecuatorianos, pero también negó la posibilidad de que exista un nuevo y mejorado sistema de atracción de inversiones a través de las zonas francas. Ambos decretos urgentes en materia económica habían sido enviados por parte del presidente de la República, Guillermo Lasso, tras la muerte cruzada.

Hace pocos minutos la Corte Constitucional emitió un comunicado oficial indicando que este 16 de junio, el Pleno de la Corte Constitucional, en sesión extraordinaria, conoció y resolvió las causas 1-23-UE y 2-23-UE, relativas a los decretos leyes de urgencia económica emitidos por el presidente Guillermo Lasso Mendoza.

Respecto del primer caso, que tiene que ver con bajar el impuesto a la renta, a través de realizar deducciones por las cargas familiares y establecer un sistema Rimpe, por unanimidad y con el voto concurrente de la jueza Carmen Corral Ponce, la Corte emitió dictamen favorable del Proyecto de Decreto-ley denominado “Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar” pues consideró que del control previo de constitucionalidad efectuado no se encontraron, preliminarmente, incompatibilidades manifiestas o notorias con la Constitución.

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Respecto de la segunda causa, que en cambio proponía que haya un nuevo sistema de zonas francas que atraiga de mejor manera la inversión extranjera y la nacional, por unanimidad y con los votos concurrentes de la jueza Carmen Corral Ponce y el juez Richard Ortiz Ortiz, la Corte Constitucional emitió dictamen desfavorable en cuanto al Proyecto de Decreto-ley denominado “Decreto Ley Orgánica Reformatoria para la Atracción y Fomento de Inversiones para el Desarrollo Productivo” por considerar que sus disposiciones irrespetan el artículo 148 de la Constitución.

En ambos dictámenes se dejó en claro que el artículo 148 de la Constitución dispone que la Corte Constitucional emita un dictamen previo de constitucionalidad sobre los proyectos de decretos-ley de urgencia económica que sean expedidos por el presidente de la República hasta la instalación de una nueva Asamblea Nacional para lo cual “le corresponde verificar que, preliminarmente, no existan incompatibilidades normativas manifiestas o evidentes en su contenido”.

De acuerdo con la Corte, esto no implica que este organismo se convierta en un actor político ni en un colegislador —que evalúe la conveniencia de los decretos-ley en este período— o que su control constitucional pueda suplir la ausencia de deliberación parlamentaria, pues su rol es únicamente jurisdiccional.

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Por su parte, el ministro de Economía, Pablo Arosemena, tuvo una de las primeras reacciones informando que se acaba de aprobar el decreto ley y que con este, el Gobierno baja impuestos al 99,8 % de contribuyentes y se benefician 340.000 familias, 500.000 emprendedores, 100.000 transportistas urbanos y medio millón de artesanos. También destacó que en el gobierno del presidente Lasso se han bajado varios impuestos. “Bajamos impuestos para subir tu economía”, dijo el ministro en un video que subió a sus redes. (I)