A partir de los 60 años y con 30 años de aportaciones al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), un trabajador o afiliado voluntario puede optar por jubilarse y recibir una pensión mensual por el resto de su vida.

Para jubilarse, hay que cumplir los siguientes requisitos de edad y aportaciones:

  • Tener 60 años y mínimo 30 años de aportaciones.
  • Tener 65 años y mínimo 15 años de aportaciones.
  • Tener 70 años y mínimo 10 años de aportaciones.
  • Tener cualquier edad y mínimo 40 años de aportaciones.

Qué porcentaje de mi sueldo recibiré cuando me jubile por el IESS

Pero también hay otros requisitos que cumplir para acceder a este beneficio:

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  • Tener registrada la fecha de cese de afiliado en el sistema de historia laboral del portal web del IESS.
  • No tener préstamos en mora con el IESS.
  • No tener solicitud de jubilación de vejez en trámite.
  • Tener registrada en el IESS una cuenta bancaria personal.

¿Puedo jubilarme si tengo préstamos en mora con el IESS?

Actualmente, el IESS no permite aplicar a la jubilación por vejez mientras se tengan préstamos en mora con el IESS.

Hasta qué edad puedes hacer un préstamo como jubilado del IESS

Sin embargo, hay formas de manejar la deuda para que no sea un impedimento para la jubilación.

Según la abogada Patricia Borja, experta en temas del IESS, se puede analizar la posibilidad de refinanciación del crédito si es que se está en mora y se desea jubilar.

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En casos de préstamos quirografarios, también se puede intentar hacer un cruce con los fondos de reserva o cesantía.

El Banco del Instituto de Seguridad Social (Biess) permite a sus afiliados realizar un cruce de cuentas de los créditos quirografarios con los fondos de reserva disponibles.

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Este fondo de reserva es un beneficio que tiene el empleado que es afiliado al IESS y que ha prestado su servicio por más de un año al mismo empleador. Este corresponde al 8,33 % de la remuneración de aportación. (I)