Luego de las marchas a favor y en contra de Jorge Yunda, llevadas a cabo el martes pasado, dos pronunciamientos —el uno, del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), y el otro, de la Corte Constitucional (CC)— abrieron una vía de salida al conflicto legal del Municipio de Quito, que, por distintos recursos legales, tiene “dos alcaldes”: Jorge Yunda y Santiago Guarderas.

El primer pronunciamiento, del TCE, es un mandato judicial suscrito la noche del martes 10 de agosto por Arturo Cabrera, presidente del organismo. En el documento, que se añade a la causa 274-2021-TCE, el órgano electoral verificó la notificación y ejecutoría (entrada en vigencia) de su ratificación del proceso de remoción en contra de Jorge Yunda (que había hecho la consulta), así como la respuesta a su pedido de ampliación y aclaración enviado a la secretaría de Concejo.

Además, ratificó que no existen recursos pendientes sobre lo actuado por el Concejo Metropolitano en la remoción del 3 de junio, y tampoco en lo referente a la posesión de Santiago Guarderas, que remplazó a la autoridad removida, es decir, a Jorge Yunda.

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Según el experto en derecho público Jaime Villacreses, con este documento, el TCE constató que se haya cumplido todo lo decidido por este organismo en el caso de remoción de Yunda.

Explicó que este documento sirve, además, como insumo para la audiencia prevista para el 27 de agosto, en la que Jéssica Jaramillo, abogada que impulsó la remoción, denunció a Jorge Yunda por una presunta infracción electoral (asumir las funciones de alcalde ante la resolución del TCE que ratificó la remoción de su cargo).

Si el TCE determina que se cometió tal infracción electoral, incluso, podría ordenar una multa, la destitución y/o la suspensión de los derechos políticos de Jorge Yunda.

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El segundo pronunciamiento corresponde a la Corte Constitucional. Cerca de las 09:00 de ayer, el organismo publicó un comunicado en el que explicó que la acción extraordinaria de protección solicitada por Santiago Guarderas sería tratada en la sesión del pleno, en la que se dio el sorteo de la causa. La jueza Karla Andrade será la ponente en la fase de admisión.

Según el comunicado de la CC, el procedimiento establece que, tras definir a la jueza, el caso pasará a un análisis de admisibilidad, es decir, para conocer si se procede o no con la acción extraordinaria de protección. Para ello, la jueza Andrade deberá solicitar los expedientes de las instancias judiciales anteriores y, de ser necesario, más documentación al denunciante.

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Después, el Tercer Tribunal de Admisiones, que está conformado por los jueces constitucionales Karla Andrade, Ramiro Ávila y Agustín Grijalva, decidirá si se inicia el trámite. En esta instancia también se podrá determinar si el caso constituye una excepción debidamente justificada”, con el fin de que tenga prioridad en su resolución.

La Corte Constitucional también informó que, durante la fase de sustanciación de la denuncia, el juez podrá solicitar informes, convocar a audiencias públicas u otros elementos que considere necesarios para emitir un proyecto de resolución que será conocido y resuelto por el pleno. “Su aprobación deberá contar con al menos cinco votos en favor de la ponencia”, finaliza el comunicado.

Sin embargo, para el constitucionalista Ismael Quintana, si el caso es admitido por la CC todavía pasará mucho tiempo en ser dirimido. “El caso reúne todas las condiciones para que sea tomado con prioridad para que el pleno de la Corte decida resolverlo, aunque esta Corte ha demostrado un comportamiento displicente respecto de temas que pueden tener una crítica política; por ejemplo, el tema del Consejo de Participación Ciudadana, la evaluación a la Corte Nacional de Justicia, el pedido de la Comisión de Transparencia para nombrar un contralor encargado...”, dijo.

Por ello, dijo que “aunque lo mejor sería que la Corte Constitucional dirima esto, los ojos deben centrarse en el TCE”. (I)

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