Los recursos planteados en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE) para que se adecue el 50% de paridad de género en las listas de candidatos de estas elecciones anticipadas legislativas y presidenciales no suspenden los plazos para la elección de los precandidatos; aunque hay expectativa.

En el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) reposan tres recursos subjetivos contenciosos interpuestos por activistas políticas y representantes de colectivos de mujeres que exigen el cumplimiento de la disposición transitoria tercera de las reformas al Código de la Democracia vigentes desde febrero del 2020.

Esta señala que a partir de las elecciones subsiguientes a las elecciones generales posteriores a la vigencia de la ley, en las inscripciones de candidaturas pluripersonales y unipersonales, el porcentaje mínimo de encabezamiento de listas será del 50% y regirá la obligación de paridad en los binomios presidenciales.

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Es decir, luego de las últimas elecciones generales que se realizaron en febrero y abril del 2021, corresponde que en las siguientes elecciones generales se cumpla con este incremento de la participación femenina en las listas.

Los recursos los presentaron Verónica Saritama Díaz, directiva del movimiento Centro Democrático lista 1 en Orellana; Nivea Vélez Palacio, como afiliada del movimiento Loja lista 62; y, Lucía Placencia Tapia, como afiliada de la Izquierda Democrática (ID) lista 12, en contra de la convocatoria a elecciones generales que aprobó el CNE el 23 de mayo último.

También, Ana Gómez Orozco y otro, Karina Ponce y Nelly Silva Aguayo, que tienen también a Gómez Orozco como su representante legal.

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Ellas increpan que el CNE convocó a las elecciones nacionales anticipadas de este 20 de agosto de 2023 con un reglamento específico, en el que se determinó que la participación política para el caso del binomio presidencial “las candidaturas se integrarán con la participación de personas de diferente o el mismo sexo”.

Para la elección de asambleístas nacionales, los partidos, movimientos y alianzas políticas definirán si una mujer u hombre encabece la misma; y, que para la elección de asambleístas provinciales y de las circunscripciones especiales del exterior, del total de listas que un grupo político inscriba a nivel nacional el 30% estarán encabezadas por mujeres.

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El Consejo aprobó esta norma debido al plazo de 90 días que da el Código de la Democracia para organizar este proceso electoral, una vez que el presidente de la República Guillermo Lasso activó el artículo 148 de la Constitución y disolvió la Asamblea Nacional. Por ello, se convocó a elecciones anticipadas para elegir autoridades para lo que resta del periodo constitucional de funciones; es decir, hasta mayo del 2025.

Este martes, Ana Gómez, representante de la Asociación de Mujeres por la Equidad de Género y la Autonomía (MEGA) presentó junto a varias activistas, un ‘reclamo previo’ ante el CNE en contra de ese reglamento.

Gómez señaló que si la autoridad electoral no deroga ese articulado y exige la aplicación del 50% de participación femenina en las listas, presentarán ante la Corte Constitucional una acción por incumplimiento de norma.

En tanto, si en el Tribunal Contencioso Electoral no hay una respuesta afirmativa a sus demandas, según Gómez, acudirán a organismos internacionales y buscarán que se sancione a las autoridades que permitieron que se incumpla la disposición transitoria tercera.

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Sin embargo, mientras el TCE no se pronuncie sobre estos tres recursos, el calendario electoral sigue avanzando con la ejecución de las elecciones primarias de precandidatos y la inscripción.

El artículo 269 numeral 15 determina del Código de la Democracia permite que se pueda plantear un recurso subjetivo contencioso en contra de resoluciones formal o materialmente electoral que emane del CNE, sus unidades desconcentradas o de las juntas electorales regionales, provinciales y especial del exterior que genere perjuicio a los sujetos políticos o a quienes tienen legitimación activa.

Se añade que la presentación de este recurso y su trámite “no tendrá efecto suspensivo”.

Por ello, restan ocho días, de los catorce que otorgó el Consejo Electoral, para que los partidos, movimientos y alianzas electorales elijan a sus precandidatos a asambleístas y presidente y vicepresidente de la República en la etapa de democracia interna.

Esta fase termina el 7 de junio; pero, a la vez, desde este 28 de mayo y hasta el 10 de junio, los sujetos políticos podrán inscribir a sus precandidatos en el Consejo Electoral.

A nivel nacional, se reporta 54 pedidos de organizaciones políticas que pidieron asistencia técnica del Consejo para efectuar sus elecciones primarias. Y, por el momento, no hay inscrita, ninguna candidatura.

En todo caso, en el Consejo Electoral sus cinco vocales esperarán la resolución del Tribunal Contencioso, sobre estos reclamos.

Extraoficialmente, se explicó que en el caso de que los jueces electorales fallen a favor de estos recursos, se tendría que reelaborar el calendario electoral y convocar nuevamente a las elecciones primarias de precandidatos para que las agrupaciones políticas incorporen un 50% de candidatas mujeres como cabeza de listas y participen binomios presidenciales con paridad de género.

De lo contrario, de haber una respuesta desfavorable a los recursos, el calendario electoral avanzará según lo aprobado. (I)