El presidente de la República, Daniel Noboa Azín solo debe firmar el decreto ejecutivo convocando a consulta popular y referéndum de diez preguntas, una vez que la Corte Constitucional (CC) concluyó que la propuesta de enmiendas a la Constitución cumplió con los cambios que le ordenó hacer.

Este jueves, 8 de febrero de 2024, con el voto de mayoría de los jueces de la Corte Constitucional se emitió su dictamen de constitucionalidad para un referéndum de cuatro preguntas que fueron aprobadas para llevarlas a las urnas, pero, previamente, el organismo le ordenó que excluya en su totalidad tres considerandos y varias frases, porque inducían a una respuesta al elector; no estaban redactadas en términos neutros y contenían lenguaje emotivo que no respeta la garantía de plena libertad de decidir, señalaban las observaciones.

Las preguntas para enmendar artículos de la Carta política aprobadas son:

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  1. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo 1?
  2. ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 2?
  3. ¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales?
  4. ¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República y reformar el Código de Trabajo para el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, de acuerdo con el Anexo 4?

A estas cuatro iniciativas de enmienda se suman otras seis preguntas plebiscitarias para modificar leyes relacionadas con la seguridad, que fueron aprobadas por la CC.

Con esto, el Ejecutivo superó el filtro de control previo de constitucionalidad, para avanzar a las elecciones.

La Constitución, en su artículo 106, establece que una vez que el Consejo Nacional Electoral (CNE) conozca la decisión del presidente de la República (a través de un decreto ejecutivo) convocará a referéndum en el plazo de quince días que deberá efectuarse en los siguientes 60 días.

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En el interior del Consejo Electoral se estima que la votación se realizaría a mediados de abril, cumpliendo los plazos legales y con la asignación presupuestaria que ascendería entre los $ 55 millones.

Adicionalmente, la autoridad electoral tiene en ciernes el desarrollo del referéndum para reformar el artículo 158 de la Constitución para que las Fuerzas Armadas puedan participar en la seguridad interna del país de forma complementaria con la Policía Nacional, que fue una iniciativa del exjefe de Estado, Guillermo Lasso Mendoza.

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La Corte Constitucional le notificó con el dictamen de constitucionalidad de la convocatoria, los considerandos, la pregunta y los anexos. Para llamar a la población a elecciones tiene un plazo de 45 días, por lo que en el CNE se analiza unificar los dos procesos para ahorrar recursos y hacerlo en una sola papeleta.

En total, los 13′654. 291 ecuatorianos, según el último cierre del registro electoral, se pronunciarán sobre once preguntas. (I)