En una extensa sentencia, un tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Manabí aceptó el recurso de apelación planteado por la Procuraduría General del Estado y revocó la acción de protección que dio paso a la formación de una veeduría ciudadana para diagnosticar y evaluar la elección de los jueces de la Corte Constitucional que realizó el extinto Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de transición (CPCCS-t).

El viernes 29 de septiembre se llevó a cabo la audiencia pública para sustanciar un recurso de apelación que interpuso la Procuraduría General en contra de una sentencia de primera instancia dictada por el juez Leiver Quimis, de la Unidad Judicial de Montecristi (Manabí), quien aceptó una acción de protección planteada por una mujer identificada como Betty Moreira Marcillo, quien exigió crear esta veeduría.

El Tribunal de la Sala especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito, de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, aceptó la apelación planteada por la Procuraduría y revocó la sentencia dictada por Leiver Quimis, así como declaró «improcedente» la acción de protección de Betty Moreira.

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Además, el tribunal declaró que las actuaciones procesales de Leiver Quimis se «ajustan al error inexcusable», determinado en el artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial, por lo que remitió el expediente al Consejo de la Judicatura (CJ) para que dé inicio al sumario administrativo en el ámbito disciplinario.

Los jueces Gina Mora Dávalos, Franklin Roldán Pinargote y María Miranda Durán señalaron que la acción de protección concedida a Moreira «desconoció las facultades extraordinarias» que poseía ese organismo, como lo establece el dictamen interpretativo de la Corte Constitucional del 7 de mayo de 2019.

Por lo que el fallo de Quimis, apuntó la Sala, «vulnera la previsibilidad en la aplicación de las normas que garantiza el derecho a la seguridad jurídica y soslaya la confianza de los administrados en la justicia constitucional, por lo que se verifica un error judicial».

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Determinaron también que se causó un «grave daño a la administración de justicia, al generar incertidumbre y desconfianza sobre las acciones jurisdiccionales, así como un daño grave a la sociedad, pues lo ordenado por el juez atenta gravemente contra la institucionalidad del Estado, obligando a autoridades administrativas a realizar lo que les está prohibido por mandato constitucional».

En agosto pasado, Moreira solicitó al CPCCS que presidió la exconsejera Gina Aguilar que se conforme esta veeduría.

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Pero el excoordinador jurídico de ese periodo, Julio Varas, sugirió no conformarla por la existencia del dictamen interpretativo emitido por la Corte Constitucional (CC) en el 2019, que concluyó que los vocales del Consejo de Participación definitivos «no gozan de autotutela» para revisar las actuaciones de sus antecesores.

Moreira insistió en la justicia con una acción de protección que recayó en el despacho del juez Quimis, quien aceptó su pedido íntegramente y dispuso al Consejo de Participación Ciudadana conformar la veeduría ciudadana, con presupuesto y apoyo técnico. Además, previno a cualquier autoridad del Estado u otros con sanciones si impedían el proceso.

El presidente del Consejo, Alembert Vera, resaltó la resolución judicial de Quimis en una declaración pública del 30 de agosto.

«Los ciudadanos solicitaron conformar una veeduría para revisar las actuaciones del trujillato. Es lamentable que durante la administración anterior, de forma ilegal, el excoordinador jurídico, sin competencia para hacerlo, decidió no dar paso a esta veeduría. Es decir, desde el propio Consejo se limitó la actividad de la ciudadanía», enfatizó.

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Advirtió a la prensa de que «no se aventure a generar presupuestos de ilegalidad», pues era «evidente que la autotutela que supuestamente habla la Corte (Constitucional) es sobre el propio Consejo de Participación, no atañe a la ciudadanía. El pueblo es el primer y gran fiscalizador de la actividad pública y no es posible que después de tantos años, viendo la demostración de la destrucción institucional que significó este trujillato, la descomposición de la sociedad de la democracia, se pretenda limitar la actividad ciudadana», e invitó a los profesionales a inscribirse para que formen parte de esa veeduría.

Se inscribieron 41 personas y se admitió a 19, quienes estaban listas para proseguir con la fase de inducción y la planeación de las actividades de trabajo.

No obstante, luego que la Corte Constitucional inició la fase de seguimiento del cumplimiento del dictamen interpretativo, la administración de Alembert Vera decidió suspender su conformación y negó que se haya contravenido la disposición constitucional.

Por el momento, los jueces constitucionales se mantienen en deliberación, antes de determinar si hubo incumplimiento de su dictamen por acción u omisión de los siete vocales del CPCCS, quienes comparecieron en una audiencia pública el pasado 25 de septiembre para presentar sus alegatos de cargo y descargo.

El juez Leiver Quimis también fue convocado a esta diligencia en la Corte y se limitó a enumerar los pasos del trámite que le dio a la acción de protección de Moreira. (I)