Tres preguntas contrariaron la exposición del equipo de gobierno de Guillermo Lasso ante el pleno de jueces de la Corte Constitucional (CC) que tramita el decreto-ley urgente de Apoyo Financiero a favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas.

El presidente Lasso envió a inicios de julio una propuesta de decreto-ley de urgencia económica que plantea beneficiar a ciudadanos que tienen procesos de coactiva por créditos educativos, estableciendo mecanismos de remisión, condonación, ampliación de plazos, condiciones adecuadas para la firma de un convenio de pago; también la eliminación del 100 % de intereses, multas y recargos para créditos educativos, becas y ayudas económicas por obligaciones vencidas o por convenios de pago para todos los procesos coactivos.

La propuesta fue remitida a la Corte para que califique su constitucionalidad, en un contexto en el que la Asamblea Nacional fue disuelta por grave crisis y conmoción interna en mayo pasado.

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Con ello, el Ejecutivo puede gobernar a través de estas iniciativas, que previamente deben ser aprobadas por la Corte, y pueden ser derogadas por la próxima Asamblea que se instale después de los comicios nacionales anticipados del 20 de agosto de 2023.

En la sustanciación del pedido, el juez constitucional ponente Enrique Herrería convocó a audiencia pública para escuchar a las partes interesadas este 18 de julio de 2023, antes de entrar en deliberación y emitir el dictamen de constitucionalidad.

Acudieron los delegados de la Presidencia de la República, de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología (Senescyt), del Ministerio de Finanzas y de la Procuraduría General del Estado; no se registraron intervenciones o amicus curiae a favor o en contra de la iniciativa.

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Quito, martes 18 de junio del 2023.- Audiencia en la Corte Constitucional sobre el decreto-ley del presidente de la República Guillermo Lasso, sobre los créditos educativos. Fotos: Rolando Enríquez/API Foto: API

La delegada del Poder Ejecutivo, Yolanda Salgado, inició la defensa de la propuesta y aclaró que ha sido calificada de forma «adecuada y oportuna» como decreto de urgencia económica; resaltó su objetivo de dar alivio a un sector de la población que no puede acceder a convenios para el pago de créditos, por ejemplo.

«El decreto-ley lo que hace es garantizar derechos, no vulnerarlos. Es posible que llegue a solventar una posible regresión de derechos que está contenida en el Código Orgánico de Economía Social de Conocimientos en materia de convenios de crédito, porque ordena que las personas que se sometieron a la entrega y recuperación de créditos no podían acceder a un convenio de crédito. Esta regresión de derechos será solventada con este decreto-ley», manifestó Salgado.

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Recordó a los jueces que su pronunciamiento «debe limitarse a si el contenido del decreto-ley de alguna forma vulnera derechos» y que hay condiciones urgentes, como la situación económica de este grupo poblacional, que no pueden esperar a ser debatidas por la Asamblea Nacional.

«El presente proyecto, al tener resultados inmediatos para mejorar la economía, no puede esperar la instalación de la nueva Asamblea. Las obligaciones económicas crecen y deterioran la situación de estas familias. La norma tendrá efectos inmediatos en el sector de la población y serán efectos de corto plazo, en este mismo año fiscal», agregó.

La funcionaria concluyó su exposición y Herrería le expresó su preocupación porque en el decreto se propone la reforma de varias normas, como el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, del Código Administrativo (COA), la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria y el Código Orgánico Monetario y Financiero.

Sin embargo, no constan las reformas al Código Administrativo y, en el caso de que haya un dictamen afirmativo, entraría en vigencia, pero «¿no queda un vacío al no incluir la reforma al Código Administrativo?», les dijo a funcionarios gubernamentales.

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Un funcionario de la Senescyt explicó que el sistema de coactivas está regido por el Código de Ingenios, por lo que no sería necesaria una reforma al Código Administrativo para la aplicación de los convenios de pago de los créditos estudiantiles.

Más adelante, el magistrado insistió en su inquietud y sugirió a la Senescyt que revise sobre esta excepción de las reformas al COA, antes de que el pleno de la Corte entre en deliberación.

Andrés Espín Rengifo, director de Coactivas de la Senescyt, le explicó que las reformas legales que se requieren serán al Código de Ingenios y no al COA.

Según las estadísticas del Gobierno nacional, a mayo del 2023 existen 6.254 operaciones en proceso coactivo por una deuda que asciende a $ 69,5 millones y de este monto, más del 60 % de operaciones no tienen vigente un convenio de pago.

Además, quienes mantienen estas deudas no poseen un bien inmueble que sea presentado como garantía para acceder a un convenio de facilidades de pago.

Se señala que hay un universo de 3.922 ciudadanos que no cuentan con un convenio vigente de pago y otros 15.000 ciudadanos se encuentran en cartera de recuperación normal, que suman alrededor de $ 200 millones.

El diagnóstico del régimen es que si no se establecen mecanismos de ayuda para fijar convenios de pago de estas deudas, el interés de mora diario que se está generando asciende a $ 6.412,30.

La propuesta de Lasso es que si se aprueba su decreto-ley, habrá un impacto en la cartera coactivada por $ 1,5 millones por el otorgamiento de un plazo de gracia. Otros $ 19,8 millones por la remisión de intereses y $ 360.000 por condonaciones de deuda. Es decir, una reducción de alrededor de $ 21 millones de la cartera coactivada.

En medio de los ofrecimientos de esta propuesta, durante la diligencia en la Corte, otras preguntas fueron de los jueces Richard Ortiz y Alí Lozada.

Ortiz les preguntó por qué es urgente este proyecto, si fue enviado a la Asamblea Nacional para su tratamiento en el 2022 y la última vez en mayo de 2023. «¿Cuál es la diferencia?», preguntó.

Espín respondió que es la urgencia de ayudar a las familias a dar soluciones para el pago de sus créditos y recurrió a que en la actualidad hay esta posibilidad de que se trate como una propuesta inmediata.

Ortiz repreguntó cuál sería el impacto hasta esperar que se hagan las reformas para este tipo de condonaciones.

La respuesta fue que los beneficios inmediatos se verían en aspectos como que se detendría el incremento de los intereses de las deudas y las familias saldrían del denominado buró de crédito.

Quito, martes 18 de junio del 2023.- Un grupo de mujeres y madres de familia esperaron en los exteriores de la Corte Constitucional para que la propuesta de decreto-ley sobre créditos educativos sea acogida. Fotos: Rolando Enríquez/API Foto: API

El magistrado hizo otra pregunta: por qué sería urgente ese decreto-ley si el reglamento para la aplicación se emitiría en unos 60 días y hasta eso ya estarían posesionados los nuevos miembros de la Asamblea Nacional.

Entonces, Alfredo Paredes, coordinador jurídico de la Senescyt, tomó la palabra y le dijo que mientras ellos (los jueces) discuten el dictamen de constitucionalidad, «nosotros podemos construir el marco jurídico».

«Venimos dos años discutiendo y estamos dispuestos a tener la normativa, incluso en cinco días si la Corte lo dispusiera», manifestó Paredes.

Otra de las preguntas provino del juez Alí Lozada, quien preguntó: Qué pasaría, cuáles serían los efectos, si cuando se posesione la nueva legislatura decide derogar ese decreto-ley.

En ese caso «hipotético», le expresó Yolanda Salgado, se volvería a las circunstancias anteriores y lo que se lograría es generar una «angustia mayor e innecesaria a las familias».

Después de esta audiencia, el juez Herrería deberá elaborar su proyecto de dictamen para conocimiento del pleno y su posterior aprobación. Al respecto, la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional no establece plazos para el tratamiento de este tipo de normas urgentes en un contexto de disolución de la Asamblea Nacional. (I)