El prestigioso constitucionalista y tratadista Juan Antonio García Amado escribió recientemente en su cuenta de X lo siguiente:
“… Muchas cortes constitucionales y muchos dizque constitucionalistas han olvidado lo evidente: que la alta jerarquía que la Constitución atribuye a la Corte Constitucional está vinculada nada más que al ejercicio estricto de las competencias que la Constitución le asigna y que todo rebasamiento de esas competencias y toda autoatribución por la Corte de las que no tiene no es ejercicio de la supremacía constitucional, sino inconstitucionalidad flagrante y, a la postre, golpe de Estado. Y que tales actitudes ponen la Constitución en el mercado de la política y explican (aunque no justifican) que los otros poderes del Estado se pongan también ‘golpistas’, se lleven por delante la separación de poderes y a sí mismos se asignen las competencias que la Constitución ni les da ni les puede dar sin convertirse en constitución dictatorial.
Por eso ya van a quedar muy pocos tribunales constitucionales mínimamente independientes de los gobiernos populistas y de sus partidos de corte fascistoide que aspiran a perpetuarse en el poder corrompiendo todos los mecanismos constitucionales y todas las garantías de la ciudadanía.
La historia será inclemente con el papel de las cortes constitucionales, especialmente las iberoamericanas, de los años noventa en adelante. So pretexto de defender los derechos, dañaron su base, que es la Constitución. Ahora se están viendo las consecuencias y no escucho apenas la voz supuestamente autorizada de aquellos tiernos constitucionalistas recién doctorados en prestigiosos centros extranjeros y que se legitimaban internamente a base de aplaudir los excesos obvios con más entusiasmo que seso…”.
No puedo estar más de acuerdo con las afirmaciones del doctor García Amado. Y he decidido citar su reflexión completa, pues estoy convencido de que generará un alto nivel de consideración por parte del foro de abogados de este país.
Desde esta columna criticamos en su momento la forzada, ideológica y militante sentencia de la Corte Constitucional en relación con el mal denominado matrimonio igualitario, alejada del clarísimo tenor constitucional. Al igual que en todos los que la Corte se ha extralimitado, a pretexto de interpretar la constitución para “defender derechos” –sobre todo para fallar contra el Estado ecuatoriano– se adecuan perfectamente al comentario de García Amado.
Y de alguna manera, lo que vaticina en su brillante reflexión se está cumpliendo en Ecuador. Cada vez hay más voces críticas de la Corte, y de ello se hacen eco los poderes políticos, mal servidos también por esta, para cuestionar su rango casi celestial, no sujeto a control alguno, que no sea el de sus conciencias, y proponer una reforma constitucional que los vuelva sujetos a control político por parte de la Asamblea Nacional.
Es urgente que los magistrados pongan las barbas en remojo y tomen los correctivos necesarios para devolverle la sensatez y respetabilidad a sus decisiones en esta materia. Que recuerden que su obligación primordial es aplicar la constitución y que ellos no son la constitución. De lo contrario, la institución terminará sucumbiendo a la política y sus intereses. (O)