El Gobierno esperaba celeridad en el tratamiento del decreto ley de reforma tributaria que presentó a la Corte Constitucional el mismo día que aplicó la muerte cruzada que disolvió la Asamblea Nacional y generó la convocatoria a elecciones anticipadas. Este sábado serán 30 días.

Su propuesta de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar ingresó a la Corte Constitucional el 17 de mayo del 2023 como una acción de urgencia económica. Esto porque una vez activada la muerte cruzada el presidente de la República puede expedir decretos leyes con ese carácter de urgente y en materia económica, pero para que entren en vigencia deben tener el dictamen favorable de los jueces constitucionales.

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“Estamos 14 de junio, a pocos días de que se cumpla un mes de que enviamos el primer decreto ley de materia económica que tiene que ver con la reforma tributaria, la cual beneficia a grandes capas de la clase media, vía deducciones del impuesto a la renta, y la Corte no ha fallado. Si bien no existe una analogía en el sector público, tomando en cuenta que había 30 días cuando lo hacía el Congreso, yo sí creo que la Corte –que tiene todo el derecho a analizar y examinar y ver que los artículos no se contrapongan con la Constitución–, debe tener un trámite mucho más expedito”, indica el ministro de Gobierno, Henry Cucalón.

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Esto porque hay un segundo proyecto, el de inversiones y zonas francas, que fue presentado el 23 de mayo, “y tenemos otros proyectos económicos más en carpeta que estamos listos para presentar. Estamos abiertos a cualquier recomendación de la Corte y queremos trabajar ya en ese sentido”, agrega el funcionario.

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Aunque Cucalón reconoce que no hay plazos ni norma que indique en cuántos días debe darse un pronunciamiento, pone de referencia los tiempos que por ley tiene la Asamblea: en 30 días tenía que hacer dos debates, tenía que deliberar política y juridícamente, “aquí solo es un análisis jurídico”.

La audiencia pública para escuchar al Gobierno y a quienes están a favor y en contra del decreto tributario se realizó el 6 de junio pasado. En si es o no urgente la propuesta se centraron las intervenciones.

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Entonces desde el Ejecutivo se argumentó que bajar impuestos es reactivar la economía y que habría problemas con el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) si no se aprueba la reforma este año, pues con base en el calendario electoral establecido por el Consejo Nacional Electoral (CNE), la posesión de la nueva Asamblea y del nuevo mandatario será a finales de noviembre y así sería imposible que esta u otra nueva ley sea tratada por la Asamblea en este mismo año. La tabla del Rimpe debe entrar en vigencia el 1 de enero del 2024 por sentencia de la propia Corte Constitucional.

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Y las autoridades sostuvieron, además, que establecer la urgencia económica es facultad exclusiva del mandatario.

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El ministro de Gobierno lo ratifica. “La categoría de qué es urgente y qué es económico lo tiene como potestad el presidente de la República, como todo acto debe ser motivado, y en la audiencia se lo motivó y en el decreto también. Entiendo que puede ser motivo de análisis, pero no debe ser un motivo de obstáculo”.

Días antes de la audiencia, José Chalco-Salgado, doctor Ph. D. en Derecho, indicaba que la Corte Constitucional debía pronunciarse con prontitud, porque en situaciones ordinarias la Constitución da a la Asamblea Nacional 30 días para tramitar un proyecto de ley económico urgente. Ahora insiste que han pasado los días “sin que la Corte haga su dictamen constitucional en la situación excepcional del país. En tiempo ordinario la Asamblea se pronuncia en 30 días”, sostuvo. (I)