Mediante un habeas corpus correctivo la defensa del exvicepresidente Jorge Glas busca que, en apelación, se le conceda una medida alternativa a la prisión preventiva para que pueda salir de la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, en donde se encuentra cumpliendo una pena unificada de ocho años de prisión por dos delitos de corrupción, para poder hacerse atender de sus dolencias físicas y psicológicas.

La mañana de este viernes 23 de agosto se realizó en Guayaquil la audiencia de apelación a la sentencia de primera instancia del juez Patricio Vidal con la que se negó el habeas corpus solicitado por Karen Gómez a favor del líder correísta condenado en los casos Odebrecht, por asociación ilícita, y Sobornos 2012-2016, por cohecho pasivo agravado.

La diligencia duró casi cuatro horas y se inició con la aclaración del presidente del Tribunal de Apelación, Jorge Alejandro Lindao, de que esta audiencia no es vinculante, pues el artículo 24 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece que las acciones constitucionales que vienen por apelación, como en este caso, se resolverán en mérito de los autos, sin mediar audiencia. Esta diligencia se estableció a pedido de la parte accionante y para evitar que se alegue una falta de defensa.

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Además del juez Jorge Alejandro Lindao, el Tribunal de Apelación de la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte del Guayas se integró con Nancy Ivett Vera y Carlos Miguel Pinto. Para apoyar a Jorge Glas como amicus curiae participaron cuatro personas, mientras que desde el lado accionado se presentaron los abogados del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), de la cárcel La Roca, del Ministerio de Salud (MSP) y la Procuraduría General del Estado (PGE).

La defensa de Glas, Andrés Villegas, señaló que la apelación llega debido a que el juez de primer nivel no resguardó el objeto de tutela que era el derecho a la salud y en su lugar violentó el derecho a la debida fundamentación o motivación, entregando un fallo contradictorio, incoherente, que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. Según él, dos eran los hechos que debían ser verificados por el juez Vidal: si desde el encierro en La Roca el exvicepresidente Glas ha sufrido deterioro o no de su salud física y psiquiátrica y, segundo, verificar si en La Roca existen las condiciones idóneas para superar esa precaria salud.

“En el expediente quedó acreditado con elementos de prueba suficientes que efectivamente Jorge Glas, desde que está preso en La Roca, desde el 6 de abril de 2024, ha sufrido un franco deterioro en su salud física y psiquiátrica”, explicó Villegas, quien pidió que se tome en cuenta en este caso el precedente jurisprudencial emitido por la Corte Constitucional (CC) el 13 de diciembre de 2023.

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QUITO (15-07-2024).- Frente a la Corte Nacional de Justicia, en Quito, seguidores de Jorge Glas piden la libertad para el exvicepresidente. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERS0 Foto: Carlos Granja Medranda

Villegas explica, a partir de esa sentencia de la CC, que lo que debe hacer en primer lugar un juez constitucional, ante un habeas corpus en el cual se alega vulneración del derecho a la salud, es disponer de inmediato acceso a los servicios de salud del preso en el mismo centro carcelario; en segundo lugar, de verificarse que las afectaciones de salud no pueden recibir atención en la cárcel, los jueces podrán disponer, en coordinación con el sistema de salud pública y con el resguardo policial, que el preso reciba atención fuera del centro carcelario; y, en tercer lugar, de manera excepcional, únicamente cuando las dos opciones anteriores no sean posibles, es factible que el juez disponga de las alternativas a la privación de la libertad.

Las defensas de las entidades públicas accionadas rechazaron los argumentos planteados por la defensa de Glas y aclararon que el privado de la libertad ha mantenido en todo momento atención médica para sus problemas físicos y psicológicos.

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Diego Ochoa, en representación de las autoridades de La Roca, dijo que Jorge Glas ha recibido 79 atenciones médicas dentro del centro carcelario desde el 6 de abril hasta el 2 de julio últimos: 32 atenciones de médicos generales, 24 atenciones de médicos familiares, doce atenciones de psicólogos, una atención en cardiología, una atención en neurología, dos atenciones de psiquiatría, una atención de nutrición, dos atenciones de reumatología, una atención de gastroenterología, una atención de urología y una de medicina interna.

El caso de Jorge Glas será emblemático, así como el de Julian Assange, dice Sacha Llorenti, coordinador general del comité internacional por la libertad del exvicepresidente

Además, en referencia a la prueba nueva ingresada en el proceso de habeas corpus por la defensa de Glas, sobre que habrían ingresado a La Roca 500 pastillas de un sedante para que el procesado las consuma entre el 13 de agosto y el 13 de septiembre de 2024, Ochoa dijo que no se debe confundir el ingreso de un medicamento con la dosificación que se le dará al privado de la libertad de acuerdo con la receta médica existente y bajo vigilancia del grupo de médicos autorizados.

De otra parte, Katherine Mazón, abogada del director del SNAI, defendió el fallo de primera instancia que negó el habeas corpus y aclaró que la cifra de atenciones médicas para Jorge Glas al día de hoy alcanzarían las 99. Desde su óptica, el accionante estaba desnaturalizando la garantía constitucional, ya que mediante ella la defensa de Glas busca que se reforme una medida de prisión preventiva dictada por un juez penal y se define una medida alternativa y, además, se quiere que se le cambie de la cárcel La Roca a la cárcel 4, en Quito, potestad propia del SNAI.

Glas, por vía telemática desde La Roca, pidió ser escuchado y el juez ponente le dio diez minutos para hacerlo. Arrancó diciendo que sería puntual, pero que le disculpen por cualquier falta de coordinación, pues hace pocos días le aumentaron la dosis de ansiolíticos y antipsicóticos. “Ya me tienen como a Julian Assange, drogado todo el día y toda la noche”, refería Glas, mientras rechazaba que hayan existido 99 atenciones médicas, a las que las calificaba como solo una toma de signos vitales.

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El líder correísta asegura que existen al menos cuatro informes de médicos de la cárcel que coinciden en que él mantiene una depresión profunda, la cual necesita una atención especializada, que en La Roca no existe. Por varias ocasiones recordó el intento de suicidio que tuvo el 8 de abril pasado y respecto a él dijo: “Yo debería estar muerto y no sufriendo todo lo que paso, todas las vejaciones y humillaciones, los problemas de salud que enfrento, psiquiátricos en este momento sobre todo. La respuesta a todo esto es más droga, más droga, más droga”.

El excompañero presidencial de Rafael Correa cree que si el Ministerio de Salud Pública mantiene en sus protocolos que una persona con depresión grave, que ha intentado suicidarse, debe tener quince días de internamiento para observación y tratamiento, y para él no se aplican estos, es porque hay una “orden política” de que tiene que estar en La Roca “para ser mofa del presidente de la República (Daniel Noboa)” y ser utilizado para fines electorales y políticos.

“Agradezco profundamente a los médicos, (...) pero ellos no pueden hacer más, porque hay una orden política del Gobierno de que yo esté permanentemente encerrado y apagándome, matándome poco a poco con tantas pastillas o cuando yo decida ya quitarme nuevamente la vida de manera definitiva e irreversible. Aclaro que yo no es que hice un amague de intento de suicidio (...). Yo no sé cómo me lograron revivir después de haberme tomado 60 pastillas, lo cual me genera mucha frustración porque yo insisto, yo debería estar muerto”, concluyó Glas

Dado que el Ministerio de Salud Pública por decisiones políticas del Gobierno no me atiende, insistió, la única alternativa que ve viable es que a él se le pueda conceder una medida sustitutiva a la prisión preventiva, para en libertad hacerse atender con sus médicos privados en psiquiatría, psicología y en otras especialidades. Plantea que el arresto domiciliario con vigilancia policial lo realice en la casa de su madre en Guayaquil.

Luego de tres horas de audiencia, el presidente de la sala de apelación dio por cerrada esta etapa y dijo que entrarían a analizar lo existente en el proceso y también lo expuesto en audiencia. La sentencia será remitida por escrito y se la notificará en cada uno de los casilleros judiciales de los sujetos procesales que han intervenido en el habeas corpus correctivo. (I)