El próximo 21 de abril, más de 13 millones de ecuatorianos están facultados para ejercer su derecho al voto con respecto a las preguntas planteadas en la consulta popular y referéndum.

Las preguntas planteadas por el presidente Daniel Noboa, aprobadas por la Corte Constitucional, son cuatro de enmienda a la Constitución y seis de plebiscito, en las que se plantean reformas legales.

Ciudadanos que fueron vocales de juntas receptoras del voto en los tres últimos procesos electorales no serán considerados para la consulta y referéndum del 21 de abril

Además, se añade una pregunta para reformar el artículo 158 de la Constitución, sobre el rol de las Fuerzas Armadas, que fue planteada por el expresidente Guillermo Lasso y que, por orden de la Corte Constitucional, pasó por la aprobación de la Asamblea Nacional.

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La jornada se desarrollará de 07:00 a 17:00 en los recintos habilitados a nivel nacional. Las personas privadas de la libertad votarán el jueves 18 de abril y los beneficiarios del voto en casa lo harán el viernes 19.

Para los migrantes ecuatorianos el proceso será el domingo 21, a partir de las 09:00 hasta las 19:00.

Este lunes, 4 de marzo, el Consejo Nacional Electoral hará la selección de miembros de junta receptora del voto y tres días después se va a notificar a los seleccionados.

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El CNE resolvió el último viernes reformar el reglamento para la selección, conformación y funcionamiento, reconocimiento de incentivos a los miembros de las JRV, pues se incluyó una disposición general en la que se establecía que si en los últimos tres procesos electorales se integró la mesa electoral como vocal principal no serán considerados para ser seleccionados por la cuarta ocasión, salvo el caso de las zonas electorales donde no se complete el número de ciudadanos necesarios para integrar las juntas.

La medida se da para evitar el ausentismo de los miembros de las juntas receptoras del voto.

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Estos son los criterios de selección para la integración de las mesas electorales:

  • Estudiantes legalmente matriculados en las instituciones del Sistema de Educación Superior.
  • Empleados privados que cuenten con título profesional.
  • Servidores públicos que cuenten con título profesional.
  • Empleados privados bachilleres.
  • Servidores públicos bachilleres.
  • Estudiantes de bachillerato mayores de 18 años de colegios urbanos y rurales.
  • Ciudadanas y ciudadanos residentes en zonas rurales que hayan concluido la instrucción general básica, que pertenezcan a Organizaciones Comunitarias de hecho y de derecho, Comités Pro Mejoras y Juntas de Agua legalmente constituidas y otras organizaciones que determine el Consejo Nacional Electoral.
  • Ciudadanas y ciudadanos del registro electoral de la respectiva jurisdicción.

Quienes no cumplan con estos criterios no serán seleccionados. (I)