El plagio es un fraude intelectual. Denunciarlo genera consecuencias morales, administrativas y jurídicas tanto para el plagiario como para el denunciante; cuando este delito es capturado por la política, en nombre del escrutinio público, sus consecuencias no deben y no pueden quedar en un simple ruido mediático, como un distractor sin fondo ni forma, porque su denuncia ajusticia al autor del delito o bien al denunciante, quien lesiona la dignidad de la persona denunciada.

El derecho a la propiedad intelectual contempla el derecho de autor, entendido como un estándar de protección al esfuerzo intelectual. El plagio es la apropiación total o parcial de una creación intelectual sin otorgar crédito alguno, realizada de manera voluntaria y consciente, que provoca un engaño a terceros. En el ámbito académico, el plagio es una lesión a la integridad de la institución educativa, que viola los principios éticos de la verdad, la honestidad y la justicia, pilares fundamentales del desempeño educativo y profesional. Frente a una denuncia de plagio, la institución académica tiene la responsabilidad y obligación de realizar una investigación que supere la aplicación de un software e integre disciplinas como la documentoscopía, la grafoscopía, el análisis de lingüística y hermenéutica, que dará credibilidad al dictamen final; y que a su vez permitirá definir el nivel de sanción civil o penal. Ahora bien, si este dictamen final no identifica indicios de un plagio sustancial, se estaría frente a una violación al derecho a la dignidad individual de la persona denunciada; un agravio contra su imagen, honor y reputación, que exige sanción y reparación.

Diana Salazar pide a la Corte Constitucional que dé seguimiento a la actuación de vocales del Consejo de Participación Ciudadana que pretenderían ‘revisar’ su designación

Persecución feroz

Como toda denuncia con consecuencias morales, civiles o penales, el plagio tiene su canal de investigación y juzgamiento: el sistema judicial. El no respetar el debido canal obstaculiza y retarda la conclusión jurídica sobre la acusación divulgada. Frente a la denuncia por plagio académico presentada contra la actual fiscal general del Estado, Diana Salazar, es importante destacar que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, el nominador de la funcionaria investigada, no es el organismo indicado para desarrollar la investigación ni analizar el cometimiento de un supuesto delito, como el plagio, cuya afectación ataca la reputación del autor y su obra. Adicionalmente, un tema estrictamente académico no debe ser usado con fines políticos e incluso con fines particulares, pues desvirtúa la objetividad y transparencia que define a la integridad académica, reduciéndola a ser objeto de un escándalo intelectual, que queda en el discurso político sin consecuencias y responsabilidades.

Al ser el plagio un hecho condenado social y jurídicamente, cuando se trata de funcionarios públicos, tanto el demandado como el demandante deberán acatar el dictamen académico y la sentencia judicial; asumir su responsabilidad moral ante la sociedad civil y al menos renunciar a su posición institucional, consecuencia que no dejará de ser el anhelo de una sociedad ante actuaciones que deslegitiman el Estado de derecho, el debido proceso, la integridad académica y la reputación pública. (O)