Próximamente, no podrán entrar a Europa los productos agropecuarios provenientes de tierras que hayan sido deforestadas después del 31 de diciembre del 2020. Así lo dispuso el Parlamento Europeo el 19 de Abril del 2023, pero esta ley aún no ha sido publicada oficialmente en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). Se espera que su publicación en el DOUE ocurra a finales de 2024. Una vez publicada, entrará en vigor 20 días después. Luego, los importadores europeos y sus proveedores en el exterior tendrán un período de transición para adaptarse a las nuevas regulaciones, que duraría de 18 a 24 meses. ¿Están preparados los exportadores ecuatorianos de banano, cacao, flores, café, etc. para cumplir esta legislación? ¿Qué implicaciones tiene cumplirla? ¿Cuáles serían las consecuencias de posibles incumplimientos? ¿Estamos a tiempo?

Los agricultores y la política nacional

Pocos exportadores ecuatorianos están preparados para exportar a la Unión Europea según esta nueva legislación, pues la mayoría de ellos no sabe aún cómo demostrar que sus cosechas provienen de suelos que no fueron deforestados después del 31 de diciembre del 2020. Deberán realizar un proceso de “debida diligencia” que incluye evaluar y mitigar el riesgo de que sus productos estén vinculados a la deforestación. Tendrán que presentar información sobre aquellos, geolocalizar las parcelas de producción y presentar el historial de la tierra, para demostrar que cumplen con los requisitos de la nueva normativa.

Desde lo público, los Estados de la Unión Europea designarán autoridades para supervisar la aplicación del reglamento y verificar el cumplimiento de los exportadores y la revisión de los informes de debida diligencia. En lo local, El Ministerio de Agricultura y Ganadería y Agrocalidad deben brindar servicios inmediatos a los pequeños productores para que elaboren sus informes de debida diligencia y satisfagan los requerimientos de la autoridad europea. En este contexto, certificadoras como Rainforest Alliance o Fair Trade pueden ayudar a los productores a cumplir los requisitos de la ley en cuestión, pese a que las certificaciones hasta ahora emitidas por aquellas no incluyen aún este nuevo requerimiento.

Nuevos aromas de café

En todo caso, las actividades descritas obligarán a adquirir o ampliar sistemas de trazabilidad de las cadenas productivas exportadoras y a asumir costos adicionales que se agregan a los ya altos costos de producción agropecuaria, impulsados por los costos de la energía, rigideces laborales, etc.

Si esta ley entrare en vigor y parte de los exportadores ecuatorianos no estuvieren aptos para seguir exportando, las consecuencias serían: pérdida de mercados para los exportadores ecuatorianos no calificados y caída del empleo agropecuario por desarticulación de la cadena de suministros de los proveedores excluidos. En lo global, se generaría volatilidad en el precio (por la caída súbita de la oferta que no calificó), la misma que incentivará la deforestación en países productores que intenten suplir esta demanda.

Estamos tarde ante la tarea descrita. Urge orden y un plan que sirva a las cadenas de suministro con mayor exposición al riesgo. (O)