El conflicto armado interno y la declaratoria de estado de excepción por 60 días, que movilizó a las Fuerzas Armadas para contrarrestar los hechos criminales en Ecuador, habrían dado paso a que tres grupos de delincuencia organizada (GDO) formen «alianzas» para neutralizar las acciones del Estado y mantener el negocio del narcotráfico y sus delitos conexos.

Es más, una «alianza de poder» habría tenido acceso directo a grupos de poder económico, político y entidades de control» para limitar la actuación estatal y sostener el control ilegal en puertos y de esa forma, garantizar el enlace directo con grupos transnacionales como la Mafia Albanesa o la Mafia de los Balcanes.

La información consta en informes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (Comaco) clasificados como reservados, pero que fueron parte de las razones que acogió el gobierno de Daniel Noboa Azín para renovar el estado de excepción por 30 días, el 7 de marzo de 2024.

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Los mencionados expedientes fueron entregados a la Corte Constitucional (CC) para su análisis de constitucionalidad del Decreto Ejecutivo 193 que amplió el estado de excepción y que da cuenta de ciertos detalles que fueron observados por los equipos de Inteligencia del alto mando de las Fuerzas Armadas.

El 9 de enero, el mandatario Daniel Noboa reconoció, por Decreto Ejecutivo 111, la existencia de un conflicto armado interno en el que identificó a 22 grupos de delincuencia organizada a los que se inculparon los actos calificados como terroristas que se produjeron en las cárceles y en la cadena TC Televisión.

De esos 22 GDO, tres se habrían unido para contrarrestar los operativos combinados de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para contener los actos de violencia.

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Estos grupos tendrían el control de los centros de privación de libertad y posibles nexos con organizaciones criminales transnacionales como los carteles de Sinaloa y Jalisco Nueva Generación de México; la Mafia Albanesa y Balcánica; además de organizaciones armadas de origen colombiano.

En el contexto del conflicto armado interno, los GDO habían decidido hacer alianzas o facciones terroristas, lideradas por tres grupos delictivos con mayor presencia y poder en el país, aunque no se los identifica por razones de seguridad nacional.

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Estas tres facciones se formaron para cumplir determinados objetivos. Uno de ellos, tendría relación con una «alianza de poder», que habría estado liderada por una organización principal con personas y sociedades que tienen «acceso directo a grupos de poder económico, político y entidades de control».

«La alianza habría permitido que las acciones del Estado hayan sido limitadas y que los grupos mantengan el control de puertos, asegurando un enlace directo con organizaciones criminales transnacionales como la Mafia Albanesa o la Mafia de los Balcanes», recoge la Corte Constitucional en su dictamen de constitucionalidad del Decreto Ejecutivo 193, emitido el 21 de marzo.

Una segunda facción se trataría de una «alianza intermitente de supervivencia», que tiene una cabeza como principal sobre otros cinco grupos delictivos.

Su fin es contrarrestar las acciones del Estado, proteger a sus líderes y continuar con el negocio del narcotráfico. También estaría generando fraccionamientos internos o atomización y desorganización en los mandos medios de los grupos delictivos.

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La tercera facción es una «alianza de posicionamiento territorial» que tiene una banda como líder que se une a otras locales nacionales, para fortalecer las operaciones de minería ilegal y diversificar su actividad a delitos como el narcotráfico, la extorsión y el tráfico de combustibles.

Según los informes de inteligencia militar, se habría formado una estructura con un modelo de franquicias en el que la agrupación delictiva principal las repartía a las bandas locales.

Estas alianzas tendrían un carácter temporal, pero «adaptable a las condiciones» que se presenten, de acuerdo con los análisis militares.

Aunque estas estructuras terroristas serían actualmente «inestables», debido a la falta de sus líderes, que en algunos casos, han sido detenidos en los operativos de la fuerza pública o se fugaron.

Adolfo Macías, alias “Fito”, se fugó recientemente de la cárcel. Él es el jefe de la banda Los Choneros, considerada una de las facciones criminales más peligrosas de Ecuador. Foto: FUERZAS ARMADAS DE ECUADOR

Esto estaría provocando la «aparición de mandos medios que buscan alcanzar el control integral mediante la conformación de nuevos grupos para actuar solos o alcanzar acuerdos y alianzas que permitan sostener su organización delictiva».

La Corte Constitucional declaró constitucional el Decreto Ejecutivo 193, aunque llamó la atención al Ejecutivo porque no justificaba las razones por las que se declaraba el conflicto armado interno.

El artículo 164 de la Constitución permite que el presidente de la República pueda decretar estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él, en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural.

En la coyuntura, el conflicto armado, según la CC, puede considerarse como un «conflicto armado no internacional» (CANI) que es reconocido en los Convenios de Ginebra de 1949 y el Protocolo Adicional II ratificados por el Ecuador.

Sin embargo, el presidente de la República no pudo justificar la configuración de una causal de conflicto armado interno, pero ello no afectaba la constitucionalidad de la renovación del estado de excepción, pues los hechos delincuenciales desbordan la capacidad del Estado para afrontar la crisis.

Con esas consideraciones, los jueces constitucionales aclararon que en caso de un conflicto armado, las Fuerzas Armadas pueden movilizarse e intervenir sin necesidad de una declaratoria de estado de excepción. (I)