El pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) inició una evaluación a los miembros de la comisión ciudadana, encargada de organizar el concurso público para la elección de la primera autoridad de la Defensoría pública al conocer de varios hechos que afectarían a la transparencia de los procedimientos.

A poco de concluir con la elección de esta autoridad, este 12 de abril de 2024, los vocales del Consejo de Participación Ciudadana solicitaron un informe jurídico, previo a resolver la situación jurídica y administrativa de siete miembros de la comisión ciudadana, de la que no se descarta una posible destitución de sus funciones.

La selección de esta autoridad se encuentra en la etapa de impugnación y escrutinio público en la que se presentaron 26 objeciones de la ciudadanía a la probidad, idoneidad o incumplimiento de requisitos de los candidatos, de las que cinco fueron admitidas a trámite.

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El jueves, 11 de abril, se llevó a cabo las audiencias públicas para sustanciar estos cuestionamientos que se plantearon en contra de: Rodrigo Frías Toral (2 impugnaciones), Byron Guillén Zambrano, Jorge Ballesteros Ballesteros e Inés Romero Estévez, que son los cuatro concursantes con los más altos puntajes.

El examen parte de un oficio enviado por la asambleísta de Gente Buena, Sofía Sánchez Urgiles, respecto de la actuación de los comisionados que, en una sesión producida el 5 de abril, decidieron analizar en reserva la admisibilidad de 26 impugnaciones.

En el cuerpo colegiado, actúan cinco personas y otras cinco son representantes de las funciones del Estado, aunque por el momento solo están designados de la Ejecutiva y de Transparencia y Control Social. Faltan de la funciones Judicial, Electoral y Legislativa, que hasta el momento no han elegido a los reemplazos de excomisionados.

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QUITO (12-04-2024).- Los comisionados del concurso de méritos de oposición para la designación del Defensor Público, comparecieron ante el Consejo de Participación Ciudadana. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

En la plenaria del 5 de abril, hubo la coincidencia entre los siete comisionados — que no se sometió a votación — de revisar las 26 objeciones y tener un «criterio personal» antes de instalar mesas de trabajo que no serían abiertas al público para «no estar todo el día conectados» a la red de internet del CPCCS; y, que solo se transmitiría las resoluciones de si las admitían a trámite o no.

La preocupación de los consejeros se sostiene en que la ley del Consejo y los reglamentos para cada concurso público contempla el principio de publicidad de todos los actos que realicen las comisiones ciudadanas en sus funciones.

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Con esas consideraciones se convocó a comisión general a los integrantes de esta instancia, que fueron cuestionados por los consejeros por aspectos como:

  • Por qué se resolvió, sin someter a votación, no transmitir la reunión para analizar la pertinencia de las impugnaciones.
  • Por qué se hizo un sorteo para definir el orden de exposición de los impugnados e impugnantes en las audiencias públicas en las que presentan sus pruebas de cargo y descargo.
  • Bajo qué argumento legal se impidió que el impugnante del candidato, Rodrigo Frías, no pueda ejercer su derecho a presentar sus alegatos de cargo.
  • Bajo qué argumento legal, en medio de las audiencias públicas, se procedió a revisar información en las páginas web de las instituciones gubernamentales para constatar si lo que decían los querellantes era real o no.
  • Cuáles fueron los argumentos por los que se inadmitieron impugnaciones relacionadas con posibles incumplimientos en los documentos presentados por los aspirantes.
  • Por qué no se permitió a uno de los querellantes exponer su objeción al postulante Byron Guillén, por haber sido mencionado en las investigaciones de la Fiscalía General en los casos Metástasis e Independencia Judicial.

En su defensa, las tesis de los siete comisionados coincidieron en que fue una decisión conjunta, que no había requerido de votación, el no transmitir la sesión, pues no querían «aburrir» a la ciudadanía dando lectura a cientos de hojas que acompañaron las impugnaciones y, entre otras razones, porque no querían usar los recursos del Consejo, como la plataforma virtual.

Que descartaron aquellas que aludían a documentos de los concursantes porque esa fase había precluido, pese a que en la convocatoria a esta fase se detallan causales como: «falta de cumplimiento de requisitos legales; falta de probidad o idoneidad; estar incursos en alguna de las prohibiciones e inhabilidades; haber omitido información relevante para postular al cargo; y, haber falsificado o alterado documentos para postular al cargo».

Así también, se alegó que no permitieron que los impugnantes hablen sobre casos que están en investigación previa y que, en este caso, el concursante Guillén, goza del principio de presunción de inocencia. Por lo que, preferían comparecer ante el pleno del CPCCS que ante los jueces.

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Aprovecharon para expresar reclamos como que no tuvieron apoyo del Consejo de Participación Ciudadana para defenderse de las acciones de protección, que no les pagan sus dietas (salarios), o que no les dieron oficina para trabajar.

De esto inculparon a la expresidenta Nicole Bonifaz. Incluso, una de las comisionadas aseveró que la excoordinadora jurídica le dijo — aparentemente — que les daría apoyo si se «alineaban» a la expresidenta.

La consejera se defendió y aseguró que su equipo de trabajo estuvo abierto a atender sus pedidos y que, ni ella ni sus colaboradores habría hecho una solicitud en ese sentido; y, de no descartó seguir las acciones pertinentes en contra de las dos personas que hicieron esta declaración.

La resolución para que se elabore este informe jurídico se aprobó con cinco votos de los consejeros Yadira Saltos, Juan Verduga, Mishelle Calvache, Andrés Fantoni y Johanna Verdezoto.

La consejera Bonifaz se abstuvo y Augusto Verduga se pronunció en contra, al recordar que el Consejo tiene las competencias legales para tomar decisiones ante estos hechos, por lo que «no tiene ningún sentido», dicha resolución.

La vicepresidenta del CPCCS, Mishelle Calvache, explicó que esta diligencia se hizo para contar con elementos previo a tomar una decisión futura, pues los observadors habrían contravenido el reglamento de selección, al no abrir al pública la plenaria del 5 de abril.

No descartó que, entre las alternativas, esté el de la destitución, pues el artículo 38 del reglamento que rige a estos organismos, contempla como una de las razones para terminar sus funciones el incumplimiento de sus deberes y obligaciones con base en una resolución motivada.

Se ofreció que esta medida no retardaría la designación de un defensor público y que, el criterio jurídico podría estar listo entre el lunes o martes de la próxima semana.

Sin embargo, el lunes se cumple el término de dos días para que la comisión ciudadana presente el informe en el que rechaza o acepta alguna de las cinco impugnaciones, cuya resolución puede ser apelada ante el pleno del Consejo.

En abril del 2023, con Gina Aguilar en la presidencia sucedió un hecho similar. Diez comisionados fueron destituidos de sus funciones al concluir que incumplieron con sus deberes y atribuciones, por reclamos y quejas, también por aparentes acciones de falta de transparencia. (I)