La Corte Constitucional (CC) emitió dictámenes favorables respecto de diez preguntas para convocar a una consulta popular y referéndum que planteó el presidente de la República, Daniel Noboa Azín.

Este 26 de enero de 2024, el organismo constitucional informó de sus fallos, en los que dispuso notificar al primer mandatario, Daniel Noboa, para que cuando lo considere pertintente emita el decreto ejecutivo de convocatoria a consulta popular.

De igual forma, ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que una vez que reciba el decreto ejecutivo con la decisión presidencial realice la respectiva convocatoria.

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La Constitución establece que una vez que se suscriba el decreto ejecutivo el CNE tiene 15 días para convocar a elecciones y 60 días para organizarlas.

El Gobierno remitió un total de 20 preguntas en dos momentos. De estas, retiró la propuesta 11 para reactivar los casinos y juegos de azar; y quedaron 19, de las que diez fueron aprobadas y nueve tuvieron un dictamen desfavorable.

Las preguntas que irán a una consulta popular están relacionadas con reformas a leyes vigentes en materia de control de armas y municiones por parte de las Fuerzas Armadas en los alrededores de los centros carcelarios; tipificación de delitos relacionados con la tenencia de armas; incremento de penas para delitos de terrorismo, delincuencia organizada.

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Respecto de las seis preguntas de cambio constitucional, la Corte definió que la vía es la enmienda para tratar la extradición de ecuatorianos; creación de judicaturas especializadas en materia constitucional; arbitraje internacional; incorporar nuevas modalidades de trabajo a plazo fijo y por horas.

Estas volverán a la CC para que realice el control de constitucionalidad de los considerandos, las preguntas y anexos.

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La votación para aprobar estos dictámenes fue dividida. Por ejemplo, sobre las diez preguntas de consulta, que estuvieron en trámite de la jueza Teresa Nuques Martínez, los resultados fueron:

Preguntas 1 y 8: nueve votos a favor.

La pregunta 2: con ocho votos a favor y un voto salvado de Enrique Herrería.

La pregunta 3: con nueve votos a favor.

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Las 4 y 6: siete votos a favor; Daniela Salazar, voto concurrente; y, dos votos salvados de Alejandra Cárdenas Reyes y Jhoel Escudero Soliz.

La pregunta 5: seis votos a favor, Daniela Salazar, voto concurrente; y, tres salvados de Alejandra Cárdenas Reyes, Jhoel Escudero Soliz y Alí Lozada Prado.

La pregunta 7: con siete votos a favor, Daniela Salazar Marín, voto concurrente; y, dos salvados de Cárdenas y Enrique Herrería.

La pregunta 9: ocho votos a favor, Daniela Salazar Marín, voto concurrente; y, un voto salvado de Enrique Herrería.

Los nueve jueces de la Corte Constitucional aprobaron diez de 19 preguntas propuestas por el Ejecutivo. Foto: Cortesía de la Corte Constitucional. Foto: Cortesia

En esencia, sobre este primer paquete que envió el Ejecutivo el 2 de enero, los jueces aprobaron seis de diez, la 2, 4, 5, 6, 7, 9 y son:

  1. (Antes 2) ¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en las rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación social?
  2. (Antes 4) Está usted de acuerdo con que se incrementen las penas de los delitos de terrorismo y su financiación, producción y tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, delincuencia organizada, asesinato, sicariato, trata de personas, secuestro extorsivo, tráfico de armas, lavado de activos y actividad ilícita de recursos mineros, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 4?
  3. (Antes 5) ¿Está usted de acuerdo con que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de su pena dentro del centro de rehabilitación social en los delitos detallados en el Anexo de la pregunta 5, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme consta en el referido Anexo?
  4. (Antes 6) Está usted de acuerdo con que se tipifique el delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, sin afectar a las armas de fuego permitidas para uso civil, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 6?
  5. (Antes 7) ¿Está usted de acuerdo con que las armas, sus partes o piezas, explosivos, municiones o accesorios que fueron instrumentos u objeto material de un delito, puedan destinarse al uso inmediato de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas, reformando el Código Orgánico Integral Penal conforme el Anexo de la pregunta 7?
  6. (Antes 9) ¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta 9?

Para enmienda constitucional, el cuestionario estuvo en el despacho de la jueza Karla Andrade Quevedo y se aprobaron las preguntas 1, 4, 5 y 6.

El debate también generó división de criterios al interior del pleno. Según la sentencia, la pregunta 1 se aprobó con siete votos a favor; dos votos salvados de Jhoel Escudero y Richard Ortiz.

Las preguntas 2, 3, 4 y 5 con nueve votos a favor.

La pregunta 6: seis votos a favor, Alí Lozada Prado, voto concurrente; y, tres salvados de Alejandra Cárdenas, Jhoel Escudero y Richard Ortiz. Con ello, las preguntas que se someterán a referéndum son:

  1. ¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos, con las condiciones, requisitos, restricciones e impedimentos establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y en la Ley, enmendando la Constitución y reformando las leyes, conforme el Anexo 1?
  2. (Antes pregunta 6) ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 9?
  3. (Antes pregunta 7) ¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano promueva la inversión extranjera y reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales, de manera que se ofrezca a los inversores extranjeros un entorno apropiado de seguridad jurídica que genere mayores oportunidades de empleo y afiancen la dolarización, de acuerdo con el Anexo 10?
  4. (Antes pregunta 9) ¿Está usted de acuerdo con que se enmiende la Constitución y se reforme el Código del Trabajo y para regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores de acuerdo con el Anexo 9?

Por unanimidad no se aprobaron las últimas tres preguntas de consulta popular, cuyo proyecto de dictamen lo hizo la jueza Carmen Corral Ponce. Estas preguntas eran:

  1. ¿Está usted de acuerdo que, para erradicar la minería ilegal se declare a las zonas mencionadas en el anexo 6, como territorios de interés nacional, con la finalidad de evaluar, por una sola vez, la pertinencia de revocar concesiones mineras, para garantizar el correcto aprovechamiento de recursos minerales y combatir el crimen organizado?
  2. ¿Está usted de acuerdo en que el presidente de la República pueda conceder indultos durante la sustanciación de las causas penales a los servidores de Policía Nacional, Fuerzas Armadas o del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria a quienes se haya imputado un delito relacionado con el uso de la fuerza en contra de sospechosos de delitos, de acuerdo con el Anexo 8?
  3. ¿Está usted de acuerdo con que el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, respetando el principio constitucional de unidad jurisdiccional, en el caso de los delitos cometidos dentro de su misión, sean juzgados en todas las etapas procesales por jueces especializados exclusivamente en materia penal militar y policial, pertenecientes a la misma Función Judicial a través de legislación específica, de acuerdo con el Anexo 11?

Según el análisis constitucional, los considerandos tenían lenguaje valorativo, que no es sencillo para el fácil entendimiento de los electores. Entre otras observaciones, se negó su aprobación. (I)