Hasta el miércoles, el movimiento Revolución Ciudadana tiene plazo para presentar un recurso horizontal a la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) que dejó en firme la candidatura a asambleísta nacional de Patricio Carrillo, del movimiento Construye (lista 25), que es la única que falta por calificarse de esa dignidad.

Si no se presentan nuevos recursos, recién el jueves se ejecutoriará la sentencia del TCE, y el CNE quedaría habilitado para ordenar al Instituto Geográfico Militar (IGM) la impresión de los 13,2 millones de papeletas electorales y las actas correspondientes. Pero para proceder se necesita una certificación del Tribunal Contencioso de que no existen más recursos pendientes.

No obstante, el director nacional de Logística, Luis Bonifaz, comentó que se necesitaría una resolución del pleno del CNE para disponer la impresión de las papeletas electorales de los aspirantes a asambleístas nacionales una vez que queden en firme las nueve listas de candidatos. Pero que la decisión del TCE realizada el último domingo alivia el proceso de impresión de papeletas y evita alteraciones al calendario establecido para el proceso electoral.

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Proceso

La candidatura de Carrillo, desde el 23 de junio, estuvo en análisis en el TCE por los recursos que presentó el movimiento Revolución Ciudadana con el objetivo de evitar la calificación del primer candidato a asambleísta nacional por el movimiento Construye.

En la sentencia, cuatro jueces y un voto salvado rechazaron el recurso interpuesto por la presidenta nacional del movimiento Revolución Ciudadana, Marcela Aguiñaga, en contra de la candidatura del exministro Carrillo, pues el documento señala que el accionado no registra suspensión de sus derechos políticos de participación y no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades de la ley.

Tribunal Contencioso Electoral dispone la inmediata inscripción de la candidatura a asambleísta nacional de Patricio Carrillo por el movimiento Construye

El organismo resaltó que, ante esta sentencia, la accionante, es decir, Marcela Aguiñaga, puede interponer un recurso horizontal de aclaración y ampliación, pero eso no modificará la sentencia.

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El fundamento de los jueces radica en que el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa colisiona con el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en cuyo caso corresponde aplicar la norma superior conforme a los artículos 424, 425 y 426 de la Constitución. Por tanto, la Constitución y el Código de la Democracia no incorporan entre las prohibiciones para ser candidatos las destituciones de cargos.

El candidato Patricio Carrillo resaltó que la sentencia del TCE ratifica lo afirmado al inicio del proceso de objeción e impugnación: que no tiene impedimento alguno ni ha perdido sus derechos políticos para ser candidato.

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Sobre la sentencia, anotó que ratifica lo recurrente de evitar su participación en las elecciones de agosto próximo, y que la disposición de proceder a la inscripción de su candidatura de forma inmediata tiene sustentación constitucional e incluye sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que avalan su posición; y ahora, lo que corresponde es obtener la confianza ciudadana en las urnas.

Luis Bonifaz, director nacional de Logística, indicó que en esta semana empezaría la impresión de las papeletas de los asambleístas nacionales, y que aún falta en las provincias de Manabí, Pichincha y Galápagos resolverse recursos contenciosos electorales. En el caso de la provincia de Cañar, una vez que quedó en firme la candidatura del aspirante Virgilio Saquicela, en estos días empezará también la impresión de las papeletas.

En tanto, este 24 de julio empezó la impresión de las papeletas de la consulta popular del Yasuní y Chocó Andino, afirmó Bonifaz, una vez que quedaron en firme todos los temas contractuales. La impresión de estos documentos terminaría en los próximo diez días. (I)