De los tiempos que se tomen la Corte Constitucional (CC) y el presidente de la República, Daniel Noboa, dependerá que 13,6 millones de ecuatorianos vuelvan a las urnas a finales de marzo o en abril para pronunciarse sobre una consulta popular y un posible referéndum.

Hace apenas tres meses se produjeron las elecciones nacionales anticipadas (octubre de 2023), y en el Consejo Nacional Electoral (CNE) están a la expectativa de que la Corte Constitucional califique los considerandos, preguntas y anexos de cuatro preguntas de enmienda constitucional y, con ello, ser notificados con el decreto ejecutivo de Daniel Noboa en el que disponga la convocatoria a elecciones de consulta y referéndum.

Además, está pendiente el dictamen de la CC de la reforma parcial al artículo 158 de la norma superior que propuso el exmandatario Guillermo Lasso y que fue aprobada por la Asamblea Nacional.

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Anticipándose a los procesos electorales, el pleno del Consejo aprobó, este 26 de enero, la actualización del registro o padrón electoral.

La cifra oficial señala que hay 13′654.291 ecuatorianos habilitados para sufragar, con base en información del Registro Civil y los cambios de domicilio registrados hasta el 20 de enero.

El organismo agilita sus procesos, ya que se estima que habrá elecciones a mediados de abril o el último domingo de ese mes, siempre y cuando se acate el artículo 106 de la Constitución, que da quince días al organismo para convocar a elecciones y 60 días para organizarlas una vez que el Ejecutivo emita el decreto ejecutivo y se publique en el Registro Oficial.

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No obstante, la intención del régimen es que el sufragio de su consulta sea el 10 de marzo.

Durante la campaña electoral, uno de los ofrecimientos de Daniel Noboa fue convocar a una consulta popular. Foto: Ronald Cedeño  Foto: El Universo

Uno de los ofrecimientos de campaña electoral de Noboa fue hacer una consulta popular, y presentó a la Corte Constitucional dos pliegos de cuestionarios que sumaron 19 preguntas. De ellas, nueve fueron rechazadas; seis están aseguradas, al ser aprobadas por los jueces de la CC el 24 de enero.

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Sobre otras cuatro —de un segundo paquete que envió el mandatario— se dictaminó que la vía es la enmienda de la Constitución, lo que implica un referéndum.

Falta un requisito: superar el último filtro de revisión de los considerandos y anexos para que, entre otros parámetros legales, cumplan con ser claros, no induzcan a las respuestas al elector, tengan lenguaje neutro...

De encontrar errores de forma, los jueces suelen modularlos.

La Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional da un término de 20 días para que haya un pronunciamiento; de lo contrario, se entenderá que hubo un fallo favorable.

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En el Consejo Electoral hay prudencia, pues deben esperar la decisión de Noboa en el caso de que insista en alguna de las nueve preguntas que la Corte rechazó y ello implique otro periodo.

Otro de los factores que tienen en vilo a la institución es si habrá dinero, en medio de la crisis económica y la declaratoria de un conflicto armado interno.

Para llevar a cabo la jornada se requerirían unos 58 a 60 millones de dólares, a lo que se suman las deudas que mantiene el Ministerio de Economía y Finanzas de procesos pasados, que ascenderían a 10 millones de dólares, y otros, como el pago a los vocales de las juntas receptoras del voto.

En octubre de 2023 se realizó el último proceso electoral de elección de presidente de la República. EFE/ Santiago Fernández

En principio, obligatoriamente el CNE debe organizar un referéndum para votar por la reforma parcial a la carta política que propuso el expresidente de la República Guillermo Lasso para que las Fuerzas Armadas den apoyo complementario a la Policía Nacional en la seguridad interna y que se trató en la Asamblea Nacional.

De momento, a la Corte solo le resta efectuar el control previo de los considerandos, la pregunta y los anexos, que son los textos que se incorporarán al artículo 158.

La Asamblea Nacional aprobó la reforma el 22 de diciembre de 2023 y envió a la CC lo resuelto para su control.

Sin embargo, la Corte pidió al Legislativo que le envíe los considerandos introductorios y la pregunta que envió Lasso, pues “se constata que la Corte únicamente recibió la propuesta del texto de reforma, que difiere de lo propuesto por el entonces presidente”.

La Asamblea envió otro oficio en el que puntualiza que, tras el debate en el pleno, no se modificaron ni los considerandos ni la pregunta.

El juez ponente, Alí Lozada, aún no avoca conocimiento para elaborar su proyecto de dictamen para conocimiento del pleno, por lo que no están transcurriendo los 20 días término para resolver.

En el Consejo esperan ese dictamen, tomando en cuenta que la Constitución ordena que cuando esté aprobada la reforma parcial se debe convocar a referéndum dentro de los 45 días.

Por ello, no se descartaría pedir a los jueces que autoricen la unificación de las iniciativas de Lasso y Noboa para que se voten en una sola fecha y ahorrar recursos. (I)