Pedidos para comparecer como afectados y unos seis amicus curiae ingresaron a la Corte Constitucional (CC), dentro de la fase de seguimiento al cumplimiento de un dictamen interpretativo de mayo del 2019 que se inició a los siete vocales del actual pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), en los que el eje del debate se concentra en la procedencia de una posible destitución de los observados.

Este lunes, 25 de septiembre, desde las 10:00, está prevista la instalación de una audiencia pública virtual, a la que convocó la Corte Constitucional para escuchar elementos de cargo y descargo de los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana, al activarse la fase de seguimiento del dictamen interpretativo 2-19-IC/19 para «verificar si las conductas de los sujetos individualizados por acción u omisión, de forma directa o indirecta o por aquiescencia, podrían estar encaminadas a contravenirlo».

Esto se debe a que el Consejo de Participación convocó a integrar una veeduría ciudadana para «diagnosticar y evaluar las actuaciones administrativas de cese de funciones y designación de los jueces de la Corte Constitucional por parte del Consejo de Participación Ciudadana transitorio».

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El presidente Alembert Vera llamó a la ciudadanía a formar parte de ella alegando que debe cumplir un fallo judicial en una acción de protección que aceptó un juez de primer nivel de Montecristi (Manabí), Leiver Quimís, solicitada por una ciudadana, Betty Moreira Marcillo.

El auto de verificación convocó a los consejeros Alembert Vera, Nicole Bonifaz, Johanna Verdezoto, Yadira Saltos, Augusto Verduga, Mishelle Calvache y Andrés Fantoni; y a otros servidores como Ismael Merizalde, Gary Núñez y Fernando Armas.

Los vocales del CPCCS fueron posesionados el 14 de mayo de 2023. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Además, se llamó a Leiver Quimís, juez de Montecristi (Manabí) que aceptó la acción de protección y ordenó que se conforme la veeduría, con apoyo técnico y recursos económicos, acogiendo en su totalidad el pedido de Moreira.

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La Corte accedió a que la titular de la Fiscalía General del Estado, Diana Salazar, también exponga de forma virtual; pero negó los pedidos de solicitantes de amicus curiae, colectivos y funcionarios del CPCCS que querían asistir de forma presencial.

Salazar quiere relatar cómo el Consejo dio paso a una denuncia por presunto plagio que impulsó el grupo Acción Jurídica Popular y abrió un expediente investigativo en su contra titulado «Presunto tráfico de influencias y presuntas faltas de integridad y ética académica, en la elaboración y publicación de obras académicas», cuyo fin sería, según la fiscal, «revisar la documentación» que fue parte del concurso público con el que la eligió el transitorio.

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QUITO (01-06-2023).- El pleno del Consejo de Participación Ciudadana, presidido por Alembert Vera, recibió a Priscila Schettini para que exponga sus denuncias por presunto plagio de textos para su tesis universitaria en contra de la fiscal general, Diana Salazar. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

A pocas horas de que se produzca esta diligencia han llegado, al menos, cuatro escritos de terceros interesados o amicus curiae que piden intervenir a favor y en contra del auto de seguimiento y otros dos para defender sus posiciones.

Una de ellas es Diana Salazar, quien insistió en participar de la audiencia para exponer los actos administrativos que realizaron los vocales y servidores del Consejo que evidenciarían que sus actuaciones fueron contrarias a lo resuelto por el dictamen.

En contraposición, los miembros de Acción Jurídica Popular también pidieron ser escuchados para responder a Salazar.

En su escrito cuentan que la fiscal denunció la difusión de «contenido digital denigrante, ofensivo, racista, sexista y discriminatorio» que «no existe».

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Este colectivo cuestionó a la Corte porque, dicen, se ha «conocido públicamente que el juez Richard Ortiz se encuentra de vacaciones y para reemplazarlo no se ha convocado a Raúl Llasag, parte del banco de elegibles».

«También conocemos que no hay costumbre de convocar ante la ausencia temporal al siguiente juez del banco de elegibles y no se conoce el justificativo jurídico para evitar convocar a Raúl Llasag y el resto de jueces», reclaman en su documento.

Entre los amicus curiae está el de un colectivo llamado Ecuador Resiste, integrado por abogados en libre ejercicio, Juan Benalcázar, Alfonso López y Germán Vega, quienes proponen alternativas a la Corte para que se cumpla el dictamen, como la destitución de los funcionarios, pues creen que lo contravinieron.

Aseguran que ningún juez, ni siquiera de la Corte Nacional de Justicia puede disputar las competencias de la Corte, por lo que la «sentencia descabellada que se dictó en la acción de protección podía ser desconocida por ser jurídicamente inejecutable».

Critican a Alembert Vera porque «se le ocurrió ignorar el carácter y fuerza normativa del dictamen y decidió cumplir la sentencia de un juez que jamás podía desvirtuarlo. Sencillamente, se trata de un incumplimiento injustificable de dicho dictamen».

Añadieron que la corrección que haga la Corte generará un «precedente indispensable y necesario, que frene cualquier intento de desestabilización del ordenamiento jurídico».

Sugirieron que se declare el incumplimiento de su dictamen y que Vera y Quimís sean destituidos; que se revoque el llamado a crear la veeduría; que se remitan los autos a la Fiscalía para que inicie investigaciones penales contra Vera, Quimís y Betty Moreira por «promover y participar en el presunto delito de incumplimiento de orden legítima de autoridad competente o el que la Fiscalía detecte».

En la misma línea, Manuel Peñafiel Falconí, quien se identificó como presidente del Centro de Desarrollo y Justicia Indígena del Ecuador, propone que se destituya a los vocales del Consejo por el presunto «delito de usurpación de funciones y violentar el Estado de derecho».

En el otro extremo está un amicus curiae del papá de Alembert Vera, Gutemberh Vera, quien argumenta que el caso se enmarca en una «descarada y, por desgracia, frecuente persecución política ocurrida cada vez que existe un cambio de gobierno o autoridades en países latinoamericanos» con una «injustificada persecución en contra del CPCCS».

Increpa a la Corte Constitucional que tenga la facultad de destituir autoridades de otro poder del Estado electas por votación popular y tilda de «lamentable, mala, pésima e interesada» la interpretación el artículo 86 de la Constitución que permite destituir servidores del cargo o empleo sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal por incumplimiento de sentencias.

Según Vera, esta disposición se refiere a «servidores públicos, no a dignatarios o servidores de elección popular, que no pueden ser destituidos salvo que exista sentencia ejecutoriada en materia penal», y expone varias sentencias internacionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para sustentar su posición.

Quito, martes 19 de septiembre del 2023 El presidente del Consejo de Participación Ciudadana, Alembert Vera, en rueda de prensa sobre su comparecencia a la audiencia en la Corte Constitucional. Fotos: Rolando Enríquez/API Foto: API

Otro escrito lo presentó Gerardo Tapia, abogado de Portoviejo, quien quiso exponer sobre la obligatoriedad de observar los derechos fundamentales de la acción de protección y la obligatoriedad de observar la tutela constitucional de que el mandante tiene derecho a fiscalizar los actos ejercidos por el poder público.

Asegura que el dictamen constitucional «no restringe al soberano de poder ejercer sus capacidades como principal eje de la fiscalización del ejercicio de la administración pública».

Del estudio jurídico Eagle of Law, Enrique Crespo y Francisco Borja apelaron a la Convención Interamericana de Derechos Humanos para pedir que no se cree una «normativa en virtud del principio de legalidad para que se pueda destituir funcionarios elegidos por votación popular», ya que la Corte no tiene esa facultad.

La Corte no aceptó la intervención de los terceros interesados, pero dejó abierta la posibilidad de analizar sus alegatos escritos al momento de resolver. (I)