El Consejo Nacional Electoral (CNE) no define el total de organizaciones políticas que podrán participar en los comicios generales del año entrante.

El calendario vigente que marca los ‘hitos’ en la organización de las elecciones fijó como fecha de cierre del Registro Permanente de Organizaciones Políticas el 19 de junio pasado, pero el CNE no cumplió con ese cometido. Una de las razones fue la propagación del COVID-19, que paralizó las actividades presenciales del personal por casi 100 días.

Ello provocó que 22 agrupaciones políticas estén a la cola de ser calificadas e inscritas. En detalle, 13 están a la espera de que se les verifiquen las firmas que presentaron para su inscripción; 5 están en proceso de cancelación por estar incursas en las disposiciones del artículo 327 del Código de la Democracia; y de 4 se analiza su extinción por recomendación de un examen especial de la Contraloría General del Estado.

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Datos oficiales refieren que existen 283 grupos legalizados: 8 son partidos políticos, 16 movimientos nacionales, 72 provinciales, 167 cantonales y 20 parroquiales.

Pero en estos comicios de febrero del 2021, en el que se elegirán binomio presidencial, asambleístas y parlamentarios andinos, solo podrán presentar candidatos los partidos y movimientos nacionales y los movimientos provinciales, que suman 96 hasta el momento. Se estima que estas podrán postular al menos 6000 aspirantes.

En el caso de las trece agrupaciones que esperan la verificación de sus firmas, desde el 1 de julio 45 funcionarios retornaron a las oficinas del antiguo comisariato de las Fuerzas Armadas, en el norte de Quito, para continuar con la verificación de 1 024 497 rúbricas que entregaron al CNE. De estas, cuatro quieren ser movimientos nacionales, siete provinciales y dos cantonales.

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Al encontrarse fuera de la fecha del cierre del registro, la presidenta Diana Atamaint prevé plantear una resolución al pleno que justifique reconocerlas fuera de los plazos, y así conocer los informes de cumplimiento de requisitos argumentando los efectos de la pandemia.

Aquellas que no cumplan tendrán un año adicional para subsanar los requisitos y participar en los subsiguientes procesos electorales.

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Otro aspecto que debe resolverse es la situación de cinco agrupaciones que enfrentan la cancelación de su personería jurídica, al estar dentro en las causales de los numerales 3 y 4 del artículo 327 del Código de la Democracia.

En total eran trece, pero ocho agrupaciones locales fueron extinguidas el 19 de junio pasado, con base en el numeral 4, al no obtener al menos el 3 % de votos en dos elecciones consecutivas en su jurisdicción.

Entre las cinco restantes se encuentra el partido Adelante Ecuatoriano Adelante, fundado por el empresario guayaquileño Álvaro Noboa, quien no ha confirmado una candidatura presidencial.

A este partido nacional se le observa por no haber obtenido “el 4 % de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales distintas y consecutivas a nivel nacional; o, al menos tres representantes a la Asamblea Nacional; o, al menos el 8 % de alcaldías; o, por lo menos un concejal en el 10 % de los cantones del país”.

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En el Consejo se analizan los documentos de descargo que presentaron sus representantes, pero si se ratifica su extinción podrán acudir hasta el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) para apelar la decisión.

El Tribunal tiene como plazo hasta el 27 de julio para resolver los recursos contenciosos electorales que lleguen hasta su seno, de acuerdo con el calendario.

Una resolución adicional que debe adoptar el Consejo Electoral está relacionada con eliminar cuatro agrupaciones políticas, como parte de una recomendación de la Contraloría, que después de una auditoría determinó que incumplían con el requisito de completar el 1,5 % de rúbricas del padrón electoral, por encontrarse anomalías como números de cédulas incompletas o registros de personas fallecidas y menores de edad.

Los grupos observados son Juntos Podemos, Fuerza Compromiso Social, Justicia Social y Libertad es Pueblo.

Su futuro depende de la decisión de los consejeros Esthela Acero, Diana Atamaint y José Cabrera, porque Luis Verdesoto y Enrique Pita se inclinan por cumplir con lo establecido por la Contraloría.

En cambio, los otros tres consejeros aprobaron una directriz para que la Dirección Jurídica interna les prepare un informe de análisis sobre la determinación del órgano de control y establezca una recomendación de si deben o no eliminarlas.

De esto dependerá incluso que puedan ser destituidos del cargo por incumplir con los resultados de la Contraloría, ya que al momento enfrentan una predeterminación de destitución por no acatar los resultados de un primer informe emitido en agosto del 2019.

Para evitar su extinción, la presidenta de Fuerza Compromiso Social, Vanessa Freire, presentó una denuncia por infracción electoral en pleno proceso electoral en el TCE en contra del contralor, Pablo Celi, cuya audiencia pública para presentar argumentos de descargo está convocada para el próximo martes a las 10:00.

El CNE está contra reloj respecto de estas decisiones, pues el 9 de agosto las organizaciones políticas deben iniciar sus procesos de democracia interna para elegir a sus precandidatos.

El reglamento para el efecto está en vigencia y les permite realizar elecciones primarias abiertas, cerradas y representativas.

Debido a la pandemia del COVID-19 se reformó la normativa para que puedan utilizar plataformas tecnológicas para realizar sus asambleas o primarias. No obstante, la proclamación y aceptación de las precandidaturas a las diferentes dignidades de elección popular es “expresa, indelegable y personalísima”, y se hará en unidad de acto en un plazo de diez días, después de sus procesos internos y ante delegados del Consejo.

Esto quiere decir que si los candidatos son para dignidades nacionales como binomio presidencial y asambleístas, deberán presentarse en la matriz del CNE; si son provinciales, en las respectivas delegaciones del país; y del exterior, en las oficinas consulares. (I)