Elección de vocales de juntas parroquiales, un referéndum, la probabilidad de una consulta popular y la preparación de las elecciones presidenciales y legislativas del 2025 coparán la agenda del Consejo Nacional Electoral (CNE) a lo largo del año en curso.

En mayo del 2025 entrará en funciones un nuevo periodo presidencial y el Consejo Nacional Electoral se alista a declararse en periodo electoral para organizarlas y se convertirán en ‘máxima autoridad’ hasta la proclamación de los resultados oficiales.

La presidenta del organismo, Diana Atamaint, adelantó, el viernes último, que dentro de «pocos días» se declararán en periodo electoral para los comicios generales en los que se elegirá presidente de la República, asambleístas y parlamentarios andinos para el periodo 2025-2029.

Publicidad

Generalmente, el periodo electoral se declara en febrero y es definido en el Código de la Democracia como el ciclo electoral que integra todas las actividades y operaciones que se desarrollan de manera ordenada, durante un lapso de tiempo dentro de las etapas preelectoral, electoral propiamente dicha y poselectoral.

El artículo 16 de la ley de elecciones advierte que ninguna autoridad extraña a la organización electoral podrá intervenir directa o indirectamente en el desarrollo de los procesos electorales ni en el funcionamiento de los órganos electorales.

Articulado a ello está prohibido que cualquier autoridad prive de la libertad a un vocal electoral o juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), funcionarios o delegados de sujetos políticos, salvo el cometimiento de un delito flagrante, delitos sexuales y violencia de género e intrafamiliar.

Publicidad

Tampoco los cinco miembros del CNE ni los jueces del TCE pueden ser llevados a juicio político en la Asamblea Nacional, cuando se haya hecho la convocatoria a elecciones y hasta que termine con la proclamación de resultados.

Un agitado 2024 tendrá el Consejo de Participación Ciudadana, que debe preparar elección de autoridades de catorce organismos del Estado

De acuerdo con un criterio jurídico del CNE, enviado a la Procuraduría General del Estado en julio del 2022, el Código de la Democracia protege su autonomía para impedir que una autoridad extraña pueda intervenir directa o indirectamente en sus funciones y tampoco pueda hacerlo en el funcionamiento de sus órganos.

Publicidad

«(La ley) busca impedir que la capacidad de usar, movilizar recursos o adoptar decisiones por parte de autoridades y servidores pueda ser manipulada para influir de una u otra forma en una contienda electoral, alterar el calendario de elecciones, no asignar los fondos que requieren, imposibilitar la contratación de personal», entre otros procedimientos propios de la organización de una elección.

Es decir, en los procesos electorales «no puede haber interferencia de otras autoridades ajenas a un proceso electoral, constituyéndose en máxima autoridad de un proceso electoral», cita un criterio recogido por la Procuraduría al responder una consulta de la Asamblea Nacional para determinar si los integrantes del CNE pueden ser enjuiciados políticamente cuando están en periodo electoral.

Sobre esa base, la Procuraduría aclaró en un pronunciamiento que la aprobación y declaratoria del inicio del periodo electoral y del proceso, «configuran un llamado o convocatoria que da inicio al proceso electoral».

Aunque, en la actualidad la institución está llevando a cabo las elecciones de vocales de juntas parroquiales en Pichincha, Manabí y Sucumbíos que se realizarán el 17 de marzo. Para ello, el 5 de enero último se aprobaron las papeletas electorales.

Publicidad

El organismo también informó a la Corte Constitucional (CC) que fue notificado por la Asamblea Nacional con la aprobación del proyecto de reforma al artículo 158 de la Constitución, para someterlo a referéndum.

Esta reforma parcial la planteó el expresidente Guillermo Lasso Mendoza con el propósito de que las Fuerzas Armadas puedan actuar complementariamente en las actividades de seguridad interna con la Policía Nacional, por el aumento de delitos conexos con el crimen organizado.

La Corte Constitucional calificó la vía sobre la cual debía proceder esta modificación, por lo que la Asamblea tramitó el proyecto de enmienda y lo aprobó el 21 de diciembre de 2023 con 125 votos de los legisladores.

El proyecto fue devuelto a la CC el 5 de enero para que los jueces hagan un control previo de constitucionalidad de los considerandos, la pregunta y la convocatoria a elecciones para remitirlo al CNE.

A la vez, el gobierno de Daniel Noboa Azín está a la espera de un pronunciamiento a su solicitud de calificación de la constitucionalidad de un cuestionario de once preguntas relacionadas con cambios legales al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y otras normas.

Una de las opciones plantea al elector si se está de acuerdo con que las Fuerzas Armadas inicien acciones para prevenir y erradicar la actividad de organizaciones criminales transnacionales que operan dentro y fuera del territorio nacional, que tendría un similar propósito a la reforma constitucional aprobada por el Legislativo.

Sin embargo, el secretario de Comunicación de la Presidencia de la República, Roberto Izurieta, indicó que lo que estarían haciendo con su iniciativa es adelantar los tiempos para que se produzcan las elecciones, lo que dependerá del Consejo Nacional Electoral.

«Lo que estamos haciendo es una invitación a las autoridades correspondientes para que el proceso sea antes, el problema son los tiempos», dijo Izurieta, en una entrevista en la estación televisiva Teleamazonas este 8 de enero.

Añadió que la consulta conseguirá que «muchos de los temas que están en el punto 180» de la agenda de la Asamblea Nacional «pasen al punto uno», razón por la cual no elaboraron un referéndum porque los plazos son más extensos.

Pero adicional a la solicitud de consulta que envió el 2 de enero, este lunes el régimen envió otro paquete de nueve preguntas que requerirán del pronunciamiento de la Corte Constitucional. (I)